RENTA 2024

Qué es usufructuario en la declaración de la Renta y cuál es el significado de arrendatario

Miriam Méndez

Madrid |

¿Eres usufructuario o arrendatario? Así influye en tu declaración de la Renta 2024
¿Eres usufructuario o arrendatario? Así influye en tu declaración de la Renta 2024 | Pixabay

A partir de este miércoles 2 de abril, todos los contribuyentes que cumplan los requisitos, deben presentar el borrador de la declaración de la Renta a través de la Agencia Tributaria. El plazo para rendir cuentas con el fisco se extenderá hasta el próximo lunes 30 de junio.

Si bien hablamos de un trámite que se repite cada año, lo habitual es que surjan dudas o preguntas sobre términos, situaciones específicas o condiciones que pueden influir en el contribuyente y, en ciertos casos, generar ahorros mediante deducciones fiscales. Una de las más comunes tiene que ver con la vivienda: ¿cómo influye ser usufructuario, arrendatario o propietario en tu declaración de la Renta?

Aunque en la práctica puedas estar disfrutando de un inmueble de la misma manera que un propietario, lo cierto es que tu estatus jurídico tiene un impacto directo en las deducciones, las obligaciones fiscales y, en definitiva, en lo que tendrás que pagar a Hacienda. Si estás entre los que no tienen claro si estás en uno u otro grupo, no te preocupes. Te explicamos cómo estos términos afectan a tu bolsillo y todo lo que necesitas saber para no dejar cabos sueltos en tu declaración de la Renta 2024.

Usufructuario: derechos y obligaciones en la declaración de la Renta

El usufructuario es la persona que tiene derecho a disfrutar de un bien, en este caso, una vivienda, aunque no sea el propietario. Este derecho de uso y disfrute puede ser temporal o incluso de por vida, dependiendo de las circunstancias, como por ejemplo, en el caso de un usufructo por herencia.

El Código Civil establece en su artículo 467 que el usufructuario tiene derecho a disfrutar de los bienes ajenos, pero debe conservar la propiedad y su forma. En términos fiscales, el usufructuario de una vivienda debe reflejar este estatus en su declaración de la Renta, ya que es él quien disfruta del inmueble, y no el propietario. Este detalle es crucial, sobre todo en situaciones donde se da un usufructo vitalicio tras el fallecimiento de un cónyuge, por ejemplo.

El usufructuario puede beneficiarse de ciertas deducciones relacionadas con los gastos derivados de la vivienda. Además, es importante destacar que, aunque no sea propietario del inmueble, el usufructuario tiene la obligación de declarar los ingresos que generen la propiedad en caso de que esté alquilada, ya que el derecho de usufructo implica la disposición de esos bienes.

Arrendatario: impacto de ser inquilino en tu declaración de la Renta

En el caso de los arrendatarios, aquellos que alquilan una vivienda, local o plaza de garaje, la situación es también específica. Los arrendatarios son los inquilinos que, mediante un contrato con el propietario, tienen derecho avivir en una propiedad a cambio de una renta mensual.

Los arrendatarios tienen la posibilidad de beneficiarse de ciertas deducciones autonómicas en su declaración, siempre que el alquiler sea para la vivienda habitual y cumpla con los requisitos establecidos por la comunidad autónoma correspondiente. Estas deducciones varían en función de la región y pueden significar un ahorro significativo en la factura fiscal. Sin embargo, para poder acceder a estos beneficios fiscales, el arrendatario debe asegurarse de que cumple con todos los requisitos establecidos, como la antigüedad del contrato de alquiler o el nivel de ingresos.

Además, el arrendatario debe cumplir con las obligaciones derivadas del contrato de alquiler, como el pago de la renta y los gastos relacionados con el uso de la vivienda. En algunos casos, los gastos que no corresponden al arrendatario, como las reparaciones estructurales o las deudas anteriores, no podrán ser deducidos en la declaración de la Renta.

Propietarios: declaración de rentas por alquiler y otras obligaciones

Si bien los usufructuarios y arrendatarios tienen que ser conscientes de sus obligaciones fiscales, los propietarios también deben incluir en su declaración de la Renta los ingresos obtenidos por el alquiler de sus inmuebles. El propietario es el titular del bien, y como tal, debe reflejar todas las rentas obtenidas mediante alquiler en su declaración, ya sea de una vivienda, local comercial o plaza de garaje. Estos ingresos se consideran rendimientos del capital inmobiliario, y deben incluirse en la base imponible de la declaración.

Sin embargo, los propietarios también tienen derecho a deducir ciertos gastos relacionados con el alquiler, como los intereses de las hipotecas, los gastos de comunidad, el IBI, entre otros. De esta forma, el sistema tributario permite que los propietarios que alquilan su inmueble puedan reducir su carga fiscal, siempre que estén dentro de los límites establecidos por la ley.

En el caso de que el inmueble esté vacío, no se podrán declarar ingresos por alquiler, pero el propietario igualmente tiene que informar sobre la propiedad en la declaración, ya que en el modelo de declaración de la Renta, se incluye un apartado para todos los inmuebles, independientemente de su situación.

Diferencias en la Declaración: ¿cómo afecta tu condición de usufructuario o arrendatario?

La principal diferencia en la declaración de la Renta entre usufructuarios, arrendatarios y propietarios reside en cómo se gestionan los ingresos derivados del uso de la vivienda y las posibles deducciones aplicables. Los usufructuarios deben ser conscientes de que, aunque no sean propietarios, su disfrute del bien puede implicar responsabilidades fiscales, especialmente si la propiedad genera ingresos.

Por su parte, los arrendatarios, como inquilinos, deben asegurarse de aprovechar las deducciones autonómicas disponibles, siempre que su situación fiscal lo permita. Estos beneficios, aunque no siempre tan notorios como los de los propietarios, pueden resultar en una reducción considerable de la base imponible.

Por último, los propietarios tienen la responsabilidad de incluir los ingresos por alquiler y de gestionar las deducciones correspondientes a los gastos derivados del arrendamiento. Si se dan las circunstancias, estos pueden reducir su carga fiscal de forma considerable, sobre todo si se trata de inmuebles alquilados.