Abandonar el mercado laboral y disfrutar de la jubilación antes de los 67 años tiene unos costes para el Estado y, con el objetivo de “reforzar la sostenibilidad futura del sistema de pensiones español”, el Ministerio de José Luis Escrivá ha decidido introducir en su reforma de la Seguridad Social ciertos cambios que repercuten directamente en la jubilación anticipada y recortarán la pensión mensual de todos aquellos que decidan jubilarse antes de la edad fijada.
La mencionada reforma contaba con el apoyo tanto de los sindicatos como de la patronal y modifica los coeficientes reductores, pues pasarán de ser trimestrales a ser mensuales. Además, estos se aplicarán sobre la cuantía de la pensión y no sobre la base reguladora, y para su cálculo se tendrán en cuenta los últimos 25 años.
También se pretende incentivar “la prolongación voluntaria de la vida laboral” y elimina la jubilación especial a los 64 años. No obstante, se mantiene la jubilación parcial a partir de los 61, en cuyo caso “la cotización será íntegra tanto para el trabajador relevista como para el relevado”.
Los trabajadores más perjudicados por los recortes en la pensión
Los trabajadores que hayan cotizado menos de 38 años y seis meses serán los más perjudicados por la reforma, pues sufrirán rebajas entre el 3,26%, si la adelantan un mes, y el 21%, si la adelantan hasta dos años.
La penalización del 3,11% al 19% afectará a quienes hayan cotizado menos de 41 años y seis meses, y la rebaja será de hasta el 17% para aquellos con menos de 44 años y medio cotizados que quieran prejubilarse 2 años.
En caso de haber cotizado más de 44 años y medio, la rebaja será del 2,81% por un mes de adelanto y del 13% por una jubilación anticipada de dos años.
¿Quién puede pedir la jubilación anticipada?
Según el texto elaborado por el Ministerio de Seguridad Social, se establecen dos modalidades de acceso a la jubilación anticipada: “el cese en el trabajo por causa no imputable al trabajador” y “la que deriva de la voluntad del interesado”, para la que se necesitan una serie de requisitos.
En este sentido, podrán solicitar la jubilación anticipada aquellos trabajadores de más de 63 años que hayan cotizado un mínimo de 33 años y, de manera excepcional y “en situaciones de crisis”, quienes hayan cotizado menos de 33 años y superen los 61 años.
Requisitos para poder jubilarte a los 65 años cobrando el 100% de pensión
Los trabajadores que quieran abandonar la vida laboral a los 65 y mantener intacta su pensión deberán acreditar un período de cotización “que se aumentará gradualmente hasta los 38 años y seis meses”. Y serán los que no cumplan con estos requisitos los que verán reducida la cuantía de su pensión.
También los trabajadores que desempeñen trabajos “de especial peligrosidad o penosidad” podrán solicitar una jubilación anticipada.
Asimismo, podrán adelantar su jubilación hasta un máximo de dos años aquellas madres que “hayan interrumpido su vida laboral para cuidar de sus hijos”, siempre y cuando cumplan ciertos requisitos de cotización.