Los trabajadores pueden acogerse a los permisos retribuidos para ausentarse de sus empleos sin dejar de percibir su sueldo. Están regulados por la ley y exigen una causa justificada y un aviso previo a la empresa.
Los derechos mínimos de estos permisos retribuidos los recoge el Estatuto de los Trabajadores. Posteriormente, los convenios colectivos de cada empresa pueden ampliar el número de días de los diferentes permisos y también las causas para solicitarlos. A este permiso tienen derecho todos los trabajadores, independientemente del tipo de contrato que tengan con la compañía.
Estos son los diferentes permisos retribuidos recogidos por el Estatuto de los Trabajadores:
Permiso retribuido por matrimonio
Este permiso tiene una duración de 15 días naturales. Lo pueden solicitar los trabajadores que contraigan matrimonio y la empresa puede exigir un documento acreditativo. En algunos convenios este permiso se extiende a la unión en pareja de hecho.
Permiso por enfermedad, accidente o fallecimiento de un familiar
Este permiso es de dos días y puede ser ampliable a cuatro si requiere de desplazamiento. Se conceden en caso de enfermedad, accidente, hospitalización o fallecimiento de un familiar hasta de segundo grado.
Permiso por deberes de carácter público
Cuando la Administración nos requiere para diversas tareas se puede solicitar un permiso, y el tiempo dependerá del tipo de función. Un ejemplo es cuando se nos requiere para formar parte de una mesa electoral o el permiso para acudir a votar.
Permiso para funciones sindicales
La cantidad de días dependerá de la función y del convenio colectivo. Como su nombre indica, está pesado para realizar funciones en sindicatos o de representación de trabajadores.
Permiso para la preparación del parto, exámenes prenatales o adopción
Si estás clases de preparación coinciden con nuestra jornada laboral, se puede pedir un permiso para el que habrá que presentar un documento acreditativo. El tiempo dependerá de lo que dure la sesión en cuestión.
Permiso retribuido por lactancia
Para madres con hijos menores de 9 meses hay un permiso para poder seguir con la lactancia de los bebés. Pueden ausentarse una hora de su jornada laboral o dos periodos de media hora. Si tiene más de un hijo este tiempo aumentará. Algunas empresas ofrecen la opción de retrasar la entrada o adelantar la salida, o acumular esos permisos para disfrutar de una jornada completa de permiso.
Permiso por motivos académicos
Por ejemplo para realizar algún examen. El tiempo se ajustará a lo que dure la prueba.
Estos permisos empiezan a contar desde el primer día laborable. Cuentan como días u horas trabajados por lo que no hay que recuperar en ningún caso ese tiempo.