El Consejo de Ministros aprobará este martes la reforma del subsidio por desempleo y una modificación del Estatuto de los Trabajadores para impedir que la extinción del contrato de trabajo sea la primera opción en casos de discapacidad sobrevenida cuando se puedan realizar ajustes razonables para que el trabajador, si lo desea, pueda seguir en activo.
El anuncio de que se aprobaría la prohibición por discapacidad sobrevenida en casos de incapacidad lo realizó el pasado viernes la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, quien ya adelantó esta medida a comienzos de año, tras la reforma del artículo 49 de la Constitución para reforzar la protección de los derechos de las personas con discapacidad y sustituir el término 'disminuido' por 'persona con discapacidad'.
Se atiende así una vieja demanda del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) que, en opinión de Díaz, suponía una "discriminación" hacia esta parte de la ciudadanía.
Por otro lado, y según fuentes del diálogo social, está previsto que el Ejecutivo apruebe este martes la reforma del subsidio por desempleo, tras meses de negociación y con el acuerdo de CCOO y UGT, pero sin la CEOE ni Cepyme.
La reforma del subsidio fue aprobada en diciembre vía real decreto pero el Congreso la tumbó en enero con el voto en contra de Podemos, PP y Vox. Los 'morados' alegaron que contenía un "recorte" en la pensión futura de los desempleados mayores de 52 años y, tras no ser convalidado, Yolanda Díaz abrió una negociación con los agentes sociales para tratar de pactar el texto con sindicatos y patronal.
Esta medida es uno de los hitos del Plan de Recuperación unidos al cuarto desembolso de los fondos europeos, ligado a un plazo que España no pudo cumplir y que hizo que la Comisión Europea haya tenido que ampliar dos meses dicho período.
Sube la cuantía
La reforma del subsidio establece que la cuantía, vinculada al Indicador Público de Efectos de Rentas Múltiples (Iprem), será del 95% (570 euros mensuales) los seis primeros meses; del 90% los seis meses siguientes y el 80% el resto del período, es decir, los 480 euros actuales.
Eso sí, esta subida del primer año de percepción se aplicaría a los nuevos reconocimientos de este subsidio, no a los anteriores. Igualmente, se mantiene el subsidio para mayores de 52 años en su cuantía del 80% del Iprem.
Para los mayores de 52 años, en la actualidad existe una sobrecotización basada en el 125% del salario mínimo interprofesional (SMI). La reforma que planteó el Gobierno incluía mejoras como la ampliación de colectivos protegidosy el aumento de las cuantías de la ayuda, pero contenía una reducción paulatina de ese 25% extra del SMI.
El Ministerio lo justificó porque ya no tenía tanto sentido ante la subida de más del 50% que ha experimentado el SMI en España. Pero Podemos tildó la medida de "recorte" y, en medio de un aumento de la tensión con Sumar, sirvió para que los 'morados' unieran sus cinco votos clave a los del PP y Vox.
Ahora, la cotización permanece "sin cambios" con respecto a su regulación actual, lo que los sindicatos valoran positivamente, ya que habían reclamado una "doble condición" para respaldar el texto. Estas eran que hubiera "negociación" y que contara el texto "con garantías" de salir adelante en el trámite parlamentario, según explicó CCOO.
Como novedades tras la fase de negociación, el texto incorpora un subsidio específico para víctimas de violencia machista y la compatibilidad entre la prestación contributiva del desempleo y la vuelta al mercado laboral. Ello se haría desde el mes número 13 de cobro de la prestación, con el fin de que sirva de "incentivo" a las personas que llevan más tiempo paradas para arriesgarse a regresar al mercado laboral. Además, incluirá también un subsidio para emigrantes retornados a España.
También contiene como novedad que quienes tuvieron empleos a tiempo parcial puedan cobrar el subsidio íntegro, ya que lo contrario castiga especialmente a las mujeres, pues son ellas las que más están ocupadas en trabajos a jornada no completa.
Por otra parte, se elimina el mes de espera para acompañar de una manera más eficaz la transición a los subsidios sin vacíos en la cobertura en un momento delicado de la vida laboral de las personas trabajadoras. También podrán acceder colectivos que carecían previamente de esta cobertura como las personas menores de 45 años sin cargas familiares o las personas trabajadoras eventuales agrarias.