Fuentes de Trabajo han indicado a Efe que será el viernes cuando el Consejo de Ministros apruebe este real decreto que ya fue remitido a los agentes sociales y que contempla, según el borrador al que tuvo acceso Efe hace unas semanas, que a partir del 2 de enero los policías locales puedan jubilarse anticipadamente a los 59 años.
Para ello, el Ejecutivo deberá modificar la Ley general de la Seguridad Social para incorporar que la edad ordinaria de acceso a la jubilación de este colectivo se reduzca en un periodo equivalente al que resulte de aplicar a los años completos efectivamente trabajados como policía local un coeficiente reductor del 0,2 %.
Esta reducción de la edad de jubilación no podrá ser superior a cinco años con carácter general, o a seis años en el caso de que se acrediten 37 años de actividad efectiva y cotización.
La Seguridad Social aplicará la reducción en seis años en la edad de jubilación de forma progresiva.
De esta forma, en 2019 requerirá tener 35 años y seis meses y en 2020, 2021 y 2022 se necesitarán 36 años cotizados, edad que aumentará a 36 años y seis meses en 2023, 2024, 2025 y 2026 y que terminará siendo 37 años de cotización a partir de 2027.
La anticipación de la edad de jubilación estará condicionada a tener 15 años cotizados, requisito para acceder a cualquier pensión, así como a acreditar que se ha ejercido como policía local 15 años.
En España, hay cerca de 70.000 policías locales, de los cuales 3.200 tienen más de 60 años y 4.000 tienen entre 55 y 60, según datos del sindicato CSIF, que alerta del envejecimiento de la plantilla.