El impuesto catalán de bebidas azucaradas entrará en vigor este lunes 1 de mayo, un mes más tarde de lo previsto inicialmente, a través de un decreto ley aprobado el miércoles por el Parlament.
El impuesto tiene dos tipos de gravamen, de ocho céntimos por litro y de 12, según la cantidad de azúcar de la bebida, y debe repercutirse al consumidor final, ya que su objetivo es reducir el consumo excesivo de estos productos.
Aecoc, la asociación de empresas de fabricantes y distribuidores, indicó en un comunicado que, dependiendo del valor del producto y del porcentaje de azúcar que contengan las bebidas, el impuesto puede suponer entre un 8% y un 50% del valor del producto.
Se trata de un impuesto de pago trimestral que el Govern anunció en noviembre, pero que se tramitó a través de la ley de acompañamiento de los Presupuestos 2017 de la Generalitat, que no se publicó hasta el 30 de marzo en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (Dogc).
El Govern decidió aplazarlo por cómo fue el calendario parlamentario, que provocó que el margen entre la oficialización y la entrada en vigor fuese de 48 horas, lo que provocó la petición del sector de las bebidas de un retraso para contar con un periodo de adaptación.
Y es que la entrada en vigor del impuesto estaba fijada por la ley en el primer día del trimestre posterior a la aprobación, por lo que correspondía el 1 de abril, que además caía en sábado.
El gravamen se aplicará a refrescos o sodas, bebidas de néctar de frutas y zumos de frutas, bebidas deportivas, bebidas de té y café, bebidas energéticas, leches endulzadas, bebidas alternativas de la leche, batidos y bebidas de leche con zumo de fruta, bebidas vegetales y aguas con sabores.
Las previsiones de ingresos de la Generalitat para este nuevo tributo son de una recaudación de 30,98 millones en 2017, cálculo que tenía en cuenta la entrada en vigor el 1 de abril, y unos ingresos anuales ordinarios, por año completo, de 41,3 millones.
El pasado miércoles, el vicepresidente del Govern, Oriol Junqueras, recordó que la ley pretende incentivar un cambio en los hábitos de consumo, tal y como recomienda la Organización Mundial de la Salud (OMS), y se aplicará sobre las personas físicas o jurídicas que adquieran bebidas azucaradas y las pongan a disposición del consumidor final.
También prevé la figura del sustituto del contribuyente, que es la persona que suministra la bebida en el establecimiento donde se hace la venta al consumidor final.
Algunas empresas de distribución han preparado información para los consumidores en las tiendas sobre los nuevos precios que van a aplicar a las bebidas afectadas como consecuencia de la entrada en vigor de este nuevo impuesto autonómico.