El Tribunal Supremo ha dictaminado que un jubilado no deberá devolver los 12.000 euros que recibió por error en concepto de subsidio, al considerar que desconocía que no cumplía los requisitos para percibirlo.
En una sentencia del pasado 5 de marzo, a la que ha tenido acceso EFE, la Sala de lo Social desestima el recurso del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y confirma el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de marzo de 2022.
El hombre comenzó a recibir en 2015 el subsidio por desempleo para mayores de 55 años hasta alcanzar la edad de jubilación. Sin embargo, en 2019, la Seguridad Social determinó que no había cotizado lo suficiente para acceder a una pensión contributiva, ya que solo sumaba 228 días cotizados hasta marzo de 2015. Por ello, le reclamó la devolución del importe recibido.
A favor del jubilado
El TSJM falló a favor del jubilado y, ahora, el Supremo ha aclarado que, dado que el hombre no tenía conocimiento de que no cumplía los requisitos, no está obligado a reintegrar las cantidades percibidas.
El alto tribunal diferencia este caso de otros en los que los beneficiarios sí eran conscientes de que no les correspondía la prestación, como ocurrió en el conocido "caso Cakarevic", resuelto por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). En aquella ocasión, una ciudadana croata siguió cobrando una pensión de jubilación pese a saber que no reunía los requisitos para ello.