Los taxistas argumentaban en su demanda que Cabify incurre en competencia desleal y violación de las normas de transporte en materia de contratación de servicios mediante vehículos de arrendamiento con conductor.
El magistrado estima en el auto, al que ha tenido acceso Efe, que las normas supuestamente infringidas en que se funda el reproche de deslealtad no imponen obligaciones a la empresa demandada, sino a los titulares de licencias de vehículos de alquiler con conductor (VTC), con los que Cabify no puede confundirse.
Asegura también que no ha podido demostrarse que la empresa demandada haya inducido a los titulares de estas licencias a cometer ninguna infracción -como circular captando clientes o careciendo de hoja de ruta- y que, en el caso de que éstos hubieran incurrido en alguna infracción administrativa, no ha resultado acreditado que Maxi Molity Spain (Cabify) haya obtenido con ello ninguna ventaja frente a sus posibles competidores.
Contra la resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante el mismo juzgado para su resolución por la Audiencia de Madrid
Miles de taxistas de toda España se manifestaron a finales de mayo en Madrid para protestar contra los vehículos de transporte con conductor (VTC) que usan empresas como Cabify y Uber.
Los taxistas hicieron paros en la mayoría de las grandes ciudades. En Barcelona la huelga fue de 24 horas y en Madrid, de doce. Su principal reivindicación: que se limiten las licencias de VTC a una por cada 30 de taxis.