Muchos contribuyentes se acogieron al beneficio fiscal de fraccionar el pago resultante del IRPF en dos plazos: el primero, del 60% de su importe, en el momento de presentar la declaración, y el segundo, del 40%, meses después.
Segundo pago
El importe del ingreso del segundo pago consiste en el 40% restante de la cantidad resultante de la declaración. Y se puede efectuar el ingreso hasta el día 7 de noviembre de 2022, inclusive.
Si se domicilió en cuenta exclusivamente el pago del segundo plazo
El 7 de noviembre de 2022, la entidad colaboradora en la que se domicilió el pago del segundo plazo se encargará de adeudar su importe en la cuenta indicada por el contribuyente, remitiéndole a continuación el correspondiente justificante de pago.
En este caso, deberá disponerse de saldo suficiente en dicha cuenta.
Si no se domicilió en cuenta el pago del segundo plazo
En cualquiera de las entidades colaboradoras que se encuentran en territorio español, directamente o por vía electrónica, mediante el documento de ingreso, modelo 102, que podrá obtener mediante descarga a través del portal de Internet de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en la dirección electrónica e "http://sede.agenciatributaria.gob.es" o bien en cualquier Delegación o Administración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.