FRAUDE FISCAL

El Ministerio de Hacienda obligará a los bancos a informar de todos los pagos que reciban los empresarios por Bizum

Desaparece el límite de 3.000 euros, por lo que las entidades tendrán que informar de cualquier pago, por pequeño que este sea.

ondacero.es

Madrid |

María Jesús Montero, ministra de Hacienda y vicepresidenta primera del Gobierno
María Jesús Montero, ministra de Hacienda y vicepresidenta primera del Gobierno | Diego Radamés / Europa Press

El Ministerio de Hacienda está trabajando en un nuevo Real Decreto con el objetivo de eliminar el límite actual de 3.000 euros al año a partir del que los bancos tienen la obligación de informar de cualquier pago recibido por empresarios o autónomos.

De esta manera, las entidades estarán obligadas a informar al Ministerio dirigido por María Jesús Montero de cualquier pago realizado por pequeño que este sea.

Según la información adelantada por El Economista y publicada por el Ministerio de Hacienda, esta novedad no sólo se refiere a grandes bancos, sino también a otras entidades de pago de dinero electrónico, lo que significa que, tanto de los pagos hechos con tarjeta como de los hechos por Bizum se tendrá que informar.

Al eliminarse el límite de 3.000 euros, por ejemplo, si un empresario recibe un pago del tipo que sea, aunque sea de 20 euros, el banco tendrá que comunicárselo a Hacienda. Esto se hará a mes vencido y siempre distinguiendo entre pagos a través de Bizum o realizados con tarjeta.

Otras novedades del Real Decreto

Además de hacer desaparecer el límite de 3.000 euros al año para informar al fisco de los pagos a empresarios y autónomos, el Ministerio de Hacienda ha incluido otras novedades importantes que afectan a los ciudadanos de a pie.

Movimientos de las tarjetas

La banca deberá informar a Hacienda de todos los movimientos que hagan los ciudadanos con sus tarjetas de débito o crédito, siempre que estos superen los 25.000 euros anuales.

Apertura de cuentas

También tendrán que informar sobre las cuentas de nueva creación que se produzcan en España con los siguientes datos: titular, saldo a final de año y saldo trimestral.

Préstamos y dinero en efectivo

Los datos de préstamos, créditos y movimientos de dinero en efectivo tanto de ciudadanos como de empresas ya es una información que se comunica al Ministerio de Hacienda. La novedad es que a partir de la aprobación de este Real Decreto, también tendrán que hacerlo las entidades de pago que presten servicio en España.