Este miércoles, 26 de enero, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se ha pronunciado sobre la legislación española que obliga a declarar a los residentes los bienes y derechos en el extranjero es ilegal.
Multas desproporcionadas y menoscaban la libre circulación de capitales
Según el TJUE, esta ley que se realiza a través del "modelo 720" no entra dentro de la legalidad de la Unión Europea. El Tribunal explica que la declaran ilegal por considerar que las sanciones y multas que impone son "desproporcionadas" y menoscaban la libre circulación de capitales en la Unión Europea.
De esta manera, el Tribunal Superior de la Unión Europea da la razón a la Comisión Europea (CE) frente a España. En 2019 la CE recurrió a los tribunales comunitarios tras pedir a España modificar sin éxito una legislación que, a su juicio, impone sanciones "desproporcionadas" a quienes no hacen la declaración o la presentan fuera de tiempo.
En 2012, en tiempos del ministro de Hacienda Cristóbal Montoro, esta legislación llegó a aflorar miles de millones de euros en patrimonio de los españoles en el extranjero gracias a la amenaza de imprescriptibilidad y de multas millonarias del 150% de esos bienes no declarados, aparte de otra batería de multas fijas que incluían la no comunicación a tiempo, aunque fuera por un día, a Hacienda de cualquier pequeña variación o penaban duramente un pequeño error sin importancia económica.
Para el TJUE, la legislación española es contraria a derecho porque las restricciones a la libre circulación de capitales que impone son desproporcionadas, las sanciones derivadas del incumplimiento de dicha obligación no tienen equivalente y establecen una diferencia de trato entre los residentes en España en función del lugar de localización de sus activos.