El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones se ha comprometido a enviar en unos días a los agentes sociales un texto, con sus diferentes aportaciones, en relación a la regulación de los coeficientes reductores a establecer en la jubilación anticipada.
Esta regulación del procedimiento general se hace para establecer coeficientes reductores con el fin de anticipar la edad de jubilación en función de una serie de requerimientos.
Según publica El País, el borrador elaborado por el Ministerio de Seguridad Social recoge que el Gobierno quiere que los trabajadores que desempeñan actividades con elevados índices de mortalidad y que acarrean secuelas puedan jubilarse antes sin que su prestación se vea penalizada.
Uno de los objetivos del texto en el que trabaja el departamento de Elma Saiz es fijar un procedimiento general para el establecimiento de coeficientes reductores a fin de anticipar la edad de jubilación en función de los requerimientos físicos o psíquicos en el desempeño de una actividad.
Se trata profesiones en las que los trabajadores experimenten un elevado índice de morbilidad o siniestralidad a partir de una determinada edad o que ocasionen secuelas que den lugar a elevados índices de morbilidad o mortalidad como consecuencia de contingencias profesionales.
El Ministerio se compromete a incorporar de las recomendaciones de los interlocutores sociales en el texto que se enviará en los próximos días.
Requerimientos físicos o psíquicos
La reforma de pensiones de 2021 establece que la edad mínima de acceso a la pensión de jubilación podrá rebajarse en aquellos grupos o actividades profesionales cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad, siempre que los trabajadores afectados acrediten en la respectiva profesión o trabajo un mínimo de actividad.
A tales efectos, la reforma emplazaba a un reglamento posterior, el que ahora se negocia, para establecer coeficientes reductores que permitan anticipar la edad de jubilación, que incluirá, entre otras, la realización previa de estudios sobre siniestralidad en el sector, penosidad, peligrosidad y toxicidad de las condiciones del trabajo, su incidencia en los procesos de incapacidad laboral de los trabajadores y los requerimientos físicos o psíquicos exigidos para continuar con el desarrollo de la actividad a partir de una determinada edad.
Los sindicatos alertan sobre una posible desigualdad de trato
En relación a este asunto, la secretaria de Política Institucional y Políticas Territoriales de UGT, Cristina Estévez, ha explicado que no todo el mundo podrá jubilarse a los 67 años cuando se despliegue por completo la subida progresiva de la edad legal de retiro establecida en la reforma de 2011.
"Por tanto, debemos de ser muy exhaustivos a la hora de establecer quiénes pueden o quiénes no pueden llegar a esa edad ordinaria de jubilación", ha apuntado Estévez.
Según ha explicado la representante sindical, hay "bastante acuerdo en la parte de peligrosidad", pero no en los ratios de penosidad. Para UGT, es fundamental que la penosidad quede establecida en unos indicadores objetivos, así como la edad.
"No pueden darse casos como los de personas de la dependencia, mujeres en la mayoría de los casos, que son ancianas atendiendo a ancianas. Aquí sí que existe bastante controversia y por parte del Ministerio bastante cerrazón. Parece que lo que pretenden es que los coeficientes reductores los tengan las profesiones o las actividades masculinas y dejar la jubilación parcial para las femeninas, con lo cual estaríamos ante una desigualdad de trato inasumible por parte de nuestra organización", ha denunciado.
Estevéz ha indicado que la mesa de diálogo social sobre pensiones volverá a reunirse el lunes 4 de marzo, en la que se producirá un "intercambio" de borradores entre las partes.