Durante la reunión del último Consejo de Ministros antes de finalizar el año el Gobierno aprobó una reforma de la figura de la jubilación demorada a través de Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre, para la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo. Esta modifica las condiciones y bonificaciones de la retribución.
Entidades financieras como el BBVA explican cuales son los principales cambios en la jubilación demorada. El primero de ellos es que a partir del segundo año de retraso en la jubilación, el incentivo por demora aumentará un 2% por cada período superior a seis meses e inferior a un año, sin necesidad de esperar 12 meses completos para generar un nuevo incremento. Además, se establece la compatibilidad entre la jubilación activa y el complemento por demora en todas sus modalidades (porcentaje adicional, capital único y mixto). Sin embargo, mientras la persona permanezca en jubilación activa, no se generarán nuevos aumentos en dicho complemento.
De esta manera el complemento por demora pasa a ser combinable con el acceso a la jubilación activa, pero continúa siendo incompatible con la jubilación parcial, con la jubilación flexible, y con los supuestos de acceso a la jubilación desde una situación asimilada al alta.
Requisitos
Cuando una persona acceda a la pensión de jubilación después de la edad legal establecida (65 años para quienes hayan cotizado al menos 38 años y 3 meses y 66 años y 8 meses para el resto) y haya cumplido con el período mínimo de cotización de 15 años, tendrá derecho a un complemento económico. Este se otorgará por cada año completo cotizado durante el primer año de demora y por cada período de seis meses cotizados a partir del segundo año, contando desde el momento en que cumplió los requisitos para la jubilación.
Formas de cobrar la retribución
Los incentivos por demora en la jubilación pueden ser de tres tipos, a elección del beneficiario:
Porcentaje adicional: Se otorga un 4% extra por cada año completo cotizado después de la edad legal de jubilación. A partir del segundo año, los periodos de más de seis meses e inferiores a un año generan un 2% adicional. Este porcentaje se suma al cálculo de la base reguladora para determinar la pensión.
Pago único: Se recibe una cantidad fija en función de la pensión y del tiempo cotizado, beneficiando especialmente a quienes hayan cotizado más de 44 años y 6 meses. En 2022, este incentivo oscilaba entre 4.786,27 y 12.060,12 euros anuales.
Incentivo mixto: Para quienes retrasen su jubilación entre 2 y 10 años, se combina un aumento del 2% en la pensión por cada año de demora con un pago único equivalente a la mitad del incentivo de pago único.