El Gobierno introduce un cambio con el objetivo de cumplir con las directrices de la Unión Europea.
Así afecta a empresas y empleados
La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS) admitió un criterio que establece que "durante el disfrute del permiso parental a tiempo completo deberá mantenerse el alta y la cotización respecto de la persona trabajadora".
También asegura que, pese a que se incluya el permiso parental en el estatuto como una causa de suspensión del contrato, "no por ello pierde la naturaleza de permiso, resultando, por lo tanto, de aplicación el artículo 69, sobre situaciones de permanencia en alta sin retribución, cumplimiento de deberes de carácter público, permisos y licencias, del Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros derechos de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 2064/1995, y, en consecuencia, la obligación de cotizar".
La empresa podrá aplazar la concesión del permiso por un periodo razonable, justificándolo por escrito y tras haber ofrecido una alternativa igual de flexible, en caso de que el disfrute del permiso parental en el período solicitado afectara a su buen funcionamiento y respetando lo establecido por el convenio colectivo.
También podrá aplazarlo cuando los dos progenitores son trabajadores de la misma empresa y pretendan disfrutar del permiso a la vez sobre el mismo menor.
Cabe señalar que este permiso es intransferible, puede disfrutarse de forma continua o discontinua y a tiempo completo o parcial.
En cualquier caso, debe disfrutarse siempre por semanas completas: no se ha establecido que el permiso pueda disfrutarse por días.