La nueva ley de la vivienda llega al Congreso después de que el Gobierno de coalición de PSOE y Unidas Podemos llegase a un acuerdo con ERC y Bildu para sacar adelante la norma. El texto pone el foco en el alquiler con el objetivo de facilitar el acceso a la vivienda en condiciones asequibles. Entre las principales medidas que recoge la nueva normativa están:
- El 'tope' al alquiler.
- La sustitución del IPC como índice de actualización de precios.
- Que el pago de los honorarios de las agencias tendrán que ser abonados por los propietarios, y no por los inquilinos, como ocurre ahora.
¿Me pueden subir el alquiler, según la ley de vivienda?
Una de las principales claves de la nueva ley de vivienda es el 'tope' a los precios del alquiler. Así la futura Ley Estatal por el Derecho a la Vivienda recoge que en 2023, el 'tope' sería del 2%; en 2024, del 3%; y en 2025, se aplicaría un índice nuevo basado en el IPC. Por lo tanto, durante los próximos años únicamente se podrá incrementar el precio en los datos recogidos sobre estas líneas.
Excepciones: en qué casos puede subir hasta el 10%
Sin embargo, la regulación de precios del alquiler tiene algunas excepciones. En algunos casos, los propietarios podrán subir el alquiler hasta un 10% sobre la renta vigente. Son los siguientes:
- Propietarios de inmuebles ubicados en zonas tensionadas: en nuevos contratos, se podrá subir el alquiler hasta un 10 % sobre la renta vigente en los últimos cinco años si tiene una duración de, al menos, una década.
- Cuando la vivienda haya sido rehabilitada en los dos años anteriores y esas obras cumplan ciertas condiciones de eficiencia energética y mejora de la accesibilidad.
Como norma general, la ley establece para las zonas tensionadas que la renta será igual a la que haya estado vigente en los últimos cinco años en la misma vivienda, una vez aplicada la cláusula de actualización anual (2 % en 2023 y 3 % en 2024), sin que se puedan fijar nuevas condiciones que repercutan en el arrendatario cuotas o gastos que no estuviesen recogidas en el contrato anterior.
Sin embargo, contempla las citadas excepciones, así como que en el contrato se establezca un derecho de prórroga al que pueda acogerse voluntariamente el arrendatario en los mismos términos y condiciones durante un periodo de diez o más años.
Así cambia la forma de pagar el alquiler para el inquilino
El texto de Moncloa estipula que el pago del alquiler por parte del inquilino deberá efectuarse "a través de medios electrónicos". Sin embargo, se contempla la posibilidad de que "excepcionalmente, cuando alguna de las partes carezca de cuenta bancaria o acceso a medios electrónicos de pago y a solicitud de esta, se podrá efectuar en metálico y en la vivienda arrendada".
El inquilino no pagará el mes de agencia
Otro de las novedades de la nueva ley es que los propietarios de las viviendas en alquiler serán los que tendrán que abonar los honorarios de las agencias inmobiliarias. En concreto el texto recoge que "los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán siempre a cargo del arrendador" independientemente de si se trata de personas físicas o jurídicas.