ECONOMÍA

¿Puedo cobrar el paro si me reducen la jornada de trabajo?

A.M.

Madrid | 24.10.2023 19:23

Entrada de una Oficina de Empleo en Madrid.
Entrada de una Oficina de Empleo en Madrid. | Eduardo Parra / Europa Press

PSOE y Sumar han alcanzado un acuerdo de programa para un nuevo Gobierno de coalición en España. En el mismo, han acercado finalmente posturas sobre la jornada laboral, que pasaría a ser de 37 horas y media.

Se trata de la medida estrella de Yolanda Díaz durante la campaña de las últimas elecciones del 23J. De hecho, era el escollo para llegar a un acuerdo con el PSOE, aunque se incluye en el acuerdo ya detallado por Sánchez y Díaz, y para el que los dos líderes ya han rubricado su firma.

¿Se puede cobrar el paro con la reducción de jornada?

Una de las cuestiones que se pueden plantear con esta decisión, si finalmente se lleva a cabo el reeditar un Gobierno de coalición en nuestro país, es si un trabajador podría tener derecho a recibir la prestación por desempleo si se ve en dicha situación de reducción de jornada.

El propio Servicio Público de Empleo Estatal detalla las causas por las que se podrá cobrar el paro si un trabajador ve reducida su jornada laboral.

Decisión empresarial, porcentaje y causas de fuerza mayor

Por decisión empresarial de acuerdo de lo establecido en el artículo 47 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. La reducción de la jornada debe ser temporal y estar comprendida entre un 10 y un 70 % de la jornada diaria, semanal, mensual o anual, y siempre que el salario se reduzca de forma similar y sea debida a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o se produzca por causas de fuerza mayor, en cuyo caso será necesaria la autorización de la Autoridad Laboral.

Resolución judicial

Por resolución judicial adoptada en un procedimiento concursal, sin que estén comprendidas las reducciones de jornadas definitivas o que se extiendan a todo el periodo que resta de la vigencia del contrato de trabajo.

Caso en el que no se podrá cobrar el paro

El SEPE comunica que no se tendrá derecho a cobrar el paro si la reducción de jornada es definitiva o dura todo el período que quede pendiente de cumplir el contrato de trabajo.

Así, por lo general, si el trabajador acuerda con la empresa reducir su jornada de trabajo, no podrá percibir la prestación por desempleo, ya que se entiende que la persona afectada acepta una modificación de las condiciones de trabajo de su contrato.

¿A quién afecta esta reducción de jornada?

Esta reducción de jornada afectará aquellos trabajadores que cuenten con una jornada laboral superior a las 37,5 horas semanales. La jornada laboral media en España es de 33,5 horas, por los trabajadores que se acogen a las reducciones de jornadas que establece el Estatuto de los Trabajadores o los funcionarios, que ya trabajan 37,5 horas.

Ni los funcionarios ni los trabajadores que tengan jornadas laborales inferiores a las 40 horas semanales podrán beneficiarse de esta medida. Tampoco lo harán los trabajadores por cuenta ajena que ya tengan jornadas laborales igual o inferiores a las 37,5 horas.