Las trabajadoras del hogar forman parte de un sector precarizado compuesto fundamentalmente por mujeres que tras décadas de discriminación ven reconocido el derecho a paro si son despedidas. Este derecho llega a través de la norma que aprueba hoy el Consejo de Ministros y que se hará efectiva al día siguiente de publicarse en el Boletín Oficial de Estado (BOE).
Aunque, previsiblemente, no será hasta el próximo 1 de octubre cuando estas trabajadoras puedan empezar a cotizar por desempleo y serán los Presupuestos Generales del Estado los que fijarán los términos finales de cotización del colectivo.
Esta nueva normativa afectará a las personas inscritas en el Régimen Especial de Empleadas de Hogar de la Seguridad Social en el que cotizan ahora 373.120 empleadas domésticas, que a partir de ahora tendrán derecho a cotizar por desempleo y en consecuencia, a cobrar la prestación y subsidios por paro en el caso de perder su trabajo.
Además, el Real Decreto-ley tipificará la causalidad del despido de las empleadas del hogar y limitará la actual figura del despido por desistimiento, que permite al empleador rescindir el contrato sin justificación alguna.
"Vamos a, no solamente concederles la prestación y los subsidios de desempleo a las trabajadoras del hogar, sino que les vamos a conceder exactamente los mismos derechos que cualquier trabajador o trabajadora tiene en nuestro país", explicó Yolanda Díaz sobre la nueva norma.
Desde la Asociación de Mujeres Empleadas de Hogar y Cuidados (SEDOAC) aseguran que la convalidación del Convenio 189 de la OIT no incluye todas las reivindicaciones del colectivo porque se seguirá manteniendo a las trabajadoras del hogar en un régimen especial de la Seguridad Social o que no se ponga fin al régimen de interna.
Por qué las empleadas del hogar no tenían derecho a paro
Hasta 1985 las empleadas del hogar no fueron consideradas por primera vez "trabajadoras" y hasta 2011 podían recibir su sueldo en especie. El formar parte de un sector precarizado, que en su gran mayoría está formado por mujeres y en muchos casos estas mujeres son migrantes sin documentación en regla, algo que ha favorecido la discriminación de estas trabajadoras.
El dictamen sobre la precaria situación de las empleadas del hogar del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el pasado 24 de febrero marcaría un antes y un después. La Justicia europea denunció que España incumplía la norma comunitaria al excluir a las trabajadoras del hogar, mayoritariamente mujeres, de la prestación por desempleo y, por tanto, es contraria al Derecho de la Unión.
El TJUE precisó que esa situación situaba a las trabajadoras del hogar en desventaja particular con respecto a los demás trabajadores y no estaba justificada por factores objetivos y ajenos a cualquier discriminación por razón de sexo.
Esta conclusión se alineaba con las emitidas en septiembre de 2021por un abogado general del TJUE que subrayó que a la hora de regular el sistema de seguridad social y en particular las prestaciones por desempleo, los países de la UE deben respetar el principio de no discriminación por razón de sexo.