DECLARACIÓN RENTA 2023

Quién está obligado a presentar el borrador de la Renta y cuál es el límite de ingresos

Sandra Sánchez Merinero

Madrid |

Quién está obligado a presentar el borrador de la Renta y cuál es el límite de ingresos
Quién está obligado a presentar el borrador de la Renta y cuál es el límite de ingresos | Quién está obligado a presentar el borrador de la Renta y cuál es el límite de ingresos

Este miércoles, 3 de abril, comienza la campaña de la declaración de la Renta 2023 que se extenderá hasta el próximo 1 de julio. Durante estas semanas, aquellos contribuyentes que estén obligados tendrán que rendir cuentas con el fisco, mediante la presentación del borrador que está disponible desde hoy.

El proceso se puede hacer tanto por Internet, llamada telefónica o cita presencial. Sea como fuere, el interesado deberá atender a los plazos establecidos. Hablamos, pues, de uno de los trámites que, aunque sea anual y pueda afectar a la mayoría de los trabajadores, suele generar cierta incertidumbre. Sobre todo, porque en caso de tener algún error o de no presentar el borrador de forma adecuada, puede implicar perder cantidades importantes de dinero.

En este sentido, una de las preguntas por excelencia durante estas fechas siempre suele referirse sobre la obligatoriedad de presentar la declaración de la Renta, sobre el límite de ingresos y sobre tener dos o más pagadores.

Límite de ingresos: rendimientos del trabajo

Aquellos contribuyentes que durante el año 2023 hayan tenido unos rendimientos íntegros del trabajo por encima de 22.000 euros de un solo pagador estarán obligados a presentar la declaración de la Renta.

¿Qué ocurre si he tenido varios pagadores? Entonces, los contribuyentes que hayan obtenido ingresos mayores de 15.000 euros anuales a través de varios pagadores también deberán presentar el borrador. Eso sí, la suma de lo percibido por el segundo pagador y el resto de pagadores debe exceder los 1.500 euros anuales.

Más supuestos en los que se está obligado a presentar la Renta:

  • Aquellos que hayan tenido rendimientos íntegros del capital mobiliario o ganancias patrimoniales sometidas a retención que superen los 1.600 euros al año.
  • Los que hayan tenido más de 1.000 euros en rentas inmobiliarias imputadas, subvenciones para adquirir viviendas de protección oficial, rendimientos de letras del tesoro y otros títulos de deuda pública o ganancias patrimoniales provenientes de ayudas públicas.
  • También están obligados los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) durante 2023.

Quién no está obligado a hacer la Renta

Con todo, aquellos trabajadores cuyo sueldo anual sea inferior a 22.000 euros de un solo pagador, no tienen el deber de presentar la Renta. Aunque si bien es cierto que siempre conviene ver el borrador porque, dependiendo de lo retenido en la nómina durante el ejercicio, el resultado puede ser negativo (lo que significa que Hacienda tiene 'la deuda' con el contribuyente y, por tanto, obligación de pagarle).

También aquellos trabajadores cuyos ingresos no excedan de 1.000 euros cuando provengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, capital o actividades económicas y ganancias patrimoniales sujetas o no a retención.