La campaña de la renta dio su pistoletazo de salida el pasado día 3, por lo que los contribuyentes ya tienen la posibilidad de presentar la renta de ejercicio 2023. La declaración de la Renta es un trámite clave que regula los ingresos sujetos al Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF) que, además, incluye tanto los rendimientos de trabajo, como de capital.
¿Debo presentar la declaración de la Renta si soy autónomo y he tenido bajos ingresos?
En el caso de los autónomos, a pesar de que otros años este tipo de trabajadores no estaban obligados a presentar la declaración de la Renta si tenían rendimientos inferiores a 1.000€, este 2024 la cosa cambia y la principal novedad de la campaña es que todos los autónomos están obligados a presentar la declaración de la Renta. Por lo que si eres autónomo, no te quedará más remedio que hacer la declaración de la renta, a pesar de haber tenido bajos ingresos.
Esto se debe al nuevo sistema de cotización vigente desde enero de 2023, donde los autónomos cotizan según sus ingresos reales. Debido a la variabilidad de ingresos durante el año, la presentación del modelo 100 (Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas), permitirá al erario público conocer con exactitud los ingresos reales de cada autónomo para ajustar debidamente las cotizaciones.
Para facilitar la presentación de la declaración, la Agencia Tributaria pondrá a disposición de los autónomos, como del resto de ciudadanos, un borrador de la declaración a través del programa Renta Web.
¿Cuáles son las fechas clave?
Dependiendo del modo de presentación, puedes presentar tu declaración:
- A partir del 3 de abril: si optas por presentarla por Internet.
- A partir del 7 de mayo: si prefieres realizarla por teléfono.
- A partir del 1 de junio: si prefieres hacerlo de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.
Si necesitas ayuda para presentar tu declaración por teléfono o de manera presencial, debes solicitar cita previa y puedes hacerlo desde el 29 de abril para las citas telefónicas o el 29 de mayo en caso de citas presenciales.
Independientemente del modo de presentación, la fecha límite para hacer tu declaración es el 29 de junio si optas por la domiciliación bancaria o el 1 de julio si no es así.