A lo largo de los últimos años, las dinámicas laborales han cambiado drásticamente, dando paso a un escenario donde cada vez más trabajadores se encuentran con ingresos provenientes de distintas fuentes. Si eres de los que tiene dos o más pagadores, es probable que este escenario te suene familiar: un extra en la nómina, pero también un dolor de cabeza a la hora de hacer la declaración de la renta.
Tener dos pagadores no solo significa más ingresos, sino también mayores responsabilidades fiscales. La Agencia Tributaria establece límites específicos que varían dependiendo de la cantidad que percibas de cada pagador, lo que puede obligarte a presentar la declaración incluso si los ingresos totales no parecen desmesurados. Desvelamos las claves fiscales que necesitas saber si te encuentras en esta situación, abordando cómo los límites de ingresos se aplican en este contexto y qué factores entran en juego para que puedas hacer la renta 2024 sin sorpresas. Porque, aunque tus ingresos puedan ser modestas, los umbrales fiscales no lo son tanto.
Cuándo se está obligado a declarar con un solo pagador
Para los contribuyentes que perciben ingresos de un solo pagador, el umbral que determina la obligatoriedad de presentar la declaración de la renta se mantiene en 22.000 euros brutos anuales. Esto significa que si una persona ha trabajado para una única empresa o entidad durante todo el año y sus ingresos no superan esa cifra, no está obligada a presentar la declaración del IRPF. Sin embargo, existen algunas excepciones y matices que conviene tener en cuenta.
Aunque el umbral general es de 22.000 euros, hay situaciones específicas en las que un contribuyente con un solo pagador sí estará obligado a declarar, incluso si no alcanza dicha cantidad:
- Si ha recibido rentas sujetas a retención con un tipo fijo: esto incluye ingresos procedentes de actividades económicas, rendimientos del capital inmobiliario (como el alquiler de una vivienda), ganancias patrimoniales sujetas a retención, entre otros.
- Si ha percibido pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas: en estos casos, Hacienda exige la presentación de la declaración, independientemente del importe de los ingresos.
- Si ha obtenido rendimientos del trabajo procedentes de pagadores no obligados a practicar retención: esto puede incluir salarios de organismos internacionales, embajadas, ONG o entidades extranjeras que no están sujetas a la normativa española de retenciones fiscales.
- Si se ha aplicado una reducción en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, mutualidades de previsión social u otros sistemas de previsión social: en estos casos, aunque el contribuyente no alcance los 22.000 euros, tendrá que hacer la declaración.
- Si se ha beneficiado de deducciones específicas que requieren presentar la declaración: algunas deducciones autonómicas o beneficios fiscales, como la deducción por maternidad, la deducción por inversión en vivienda habitual o por alquiler de vivienda (según la normativa vigente en cada comunidad autónoma), solo pueden aplicarse si se presenta la declaración de la renta.
Incluso si no se está obligado a presentar la declaración por no superar el umbral de 22.000 euros con un único pagador, en muchos casos puede ser recomendable hacerlo voluntariamente. Esto sucede cuando el contribuyente ha sufrido retenciones a lo largo del año y tiene derecho a una devolución por parte de Hacienda.
Por ejemplo, un trabajador con un salario bruto anual de 18.000 euros podría haber sufrido retenciones a lo largo del año. Si Hacienda determina que dichas retenciones fueron excesivas en relación con el impuesto que realmente debía pagar, el contribuyente podría recuperar parte del dinero retenido en su nómina a través de la declaración.
Además, presentar la declaración puede ser útil para ciertos trámites administrativos, como la solicitud de becas, ayudas o préstamos, en los que se exige demostrar la situación fiscal del contribuyente.
¿Qué cambia cuando se tienen dos o más pagadores?
Cuando un trabajador percibe ingresos de dos o más pagadores, la normativa fiscal cambia significativamente en comparación con quienes tienen un solo empleador. Hasta ahora, el umbral de obligación para presentar la declaración de la Renta en estos casos era de 15.000 euros anuales, pero con la nueva reforma, este límite se ha incrementado a 15.876 euros brutos anuales.
Sin embargo, no basta con haber percibido más de 15.876 euros para estar automáticamente obligado a declarar. Existe un requisito adicional: la suma de los ingresos procedentes del segundo y restantes pagadores debe superar los 2.500 euros anuales. Esto significa que si un trabajador ha tenido varios pagadores, pero la cantidad recibida del segundo y los sucesivos no alcanza ese umbral, seguirá aplicándose el límite general de 22.000 euros de un solo pagador, quedando exento de declarar si no supera esa cantidad.
Este nuevo umbral supone una mejora en la situación fiscal de los trabajadores con más de un pagador, ya que antes el límite era más restrictivo. Con el incremento de 15.000 a 15.876 euros, muchas personas evitarán la obligación de presentar la declaración si su salario se encuentra en ese rango, reduciendo la carga fiscal para quienes tienen empleos temporales, contratos de corta duración o han cambiado de empresa durante el año.
La reforma también beneficia especialmente a los trabajadores que han cobrado prestaciones por desempleo. En muchos casos, estos contribuyentes se encontraban con la sorpresa de que, al haber trabajado parte del año para una empresa y luego haber recibido el paro del SEPE (que cuenta como segundo pagador), debían presentar la declaración, lo que podía traducirse en una liquidación inesperada a pagar. Para entender mejor el impacto del cambio, veamos un caso concreto:
- Trabajador con un solo pagador: si una persona ha trabajado para una empresa todo el año y ha ganado 20.000 euros, no está obligada a presentar la declaración porque no supera el umbral de 22.000 euros.
- Trabajador con dos pagadores: si un empleado ha trabajado en una empresa durante seis meses y ha ganado 14.000 euros, y después ha encontrado otro empleo donde ha cobrado 2.000 euros más, su ingreso total sería de 16.000 euros. En este caso, como el segundo pagador le ha abonado más de 2.500 euros, sí estaría obligado a presentar la declaración.
- Trabajador con dos pagadores y límite no superado: si un empleado ha trabajado para una empresa donde ha ganado 14.500 euros y luego para otra donde ha percibido 2.200 euros, el total sumaría 16.700 euros, pero como el segundo pagador no llega a los 2.500 euros, no tendría que hacer la declaración.
Excepciones en las que se mantiene el umbral de 22.000 euros
A pesar de que la mayoría de los contribuyentes con dos o más pagadores están sujetos al nuevo umbral de 15.876 euros anuales para presentar la declaración de la renta, existen algunas excepciones en las que el límite de 22.000 euros sigue vigente. Esto ocurre cuando la suma de los ingresos percibidos del segundo y restantes pagadores no supera los 2.500 euros anuales, permitiendo así que el contribuyente continúe beneficiándose del umbral más alto.
Asimismo, el umbral de 22.000 euros se mantiene en determinados casos relacionados con pensiones y prestaciones públicas. Esto incluye las pensiones de la Seguridad Social y del régimen de Clases Pasivas, así como las prestaciones por incapacidad, jubilación o viudedad. También se consideran dentro de esta excepción los pagos efectuados por mutualidades generales obligatorias, colegios de huérfanos y entidades similares, así como las prestaciones derivadas de planes de pensiones y seguros de previsión social.
Por otro lado, si el tipo de retención aplicable se ha determinado mediante un procedimiento especial, el límite superior de 22.000 euros también sigue en vigor. Este escenario suele darse en casos de jubilación, incapacidad u otras rentas exentas que, por su naturaleza, cuentan con una regulación específica en materia de retención fiscal.
¿Por qué ha cambiado Hacienda este umbral?
La Agencia Tributaria ha decidido elevar el umbral de obligación para presentar la declaración de la Renta en el caso de contribuyentes con dos o más pagadores por varias razones fundamentales. La primera y más evidente es aliviar la carga fiscal de aquellos trabajadores con ingresos más bajos, evitando que personas con sueldos relativamente modestos se vean obligadas a realizar trámites innecesarios o a afrontar posibles pagos adicionales al regularizar su situación fiscal.
Otro de los objetivos principales de este ajuste es simplificar la gestión tributaria, especialmente para los trabajadores con varios empleadores. Hasta ahora, muchos contribuyentes con ingresos repartidos entre diferentes pagadores se encontraban en la obligación de declarar con un umbral mucho más bajo que aquellos con un solo pagador, lo que generaba situaciones de desigualdad en el tratamiento fiscal. Con esta reforma, se reduce esa brecha y se facilita el cumplimiento de las obligaciones fiscales de manera más equitativa.
Además, este cambio tiene un impacto directo en la reducción de la burocracia. Al elevar el umbral, miles de personas quedarán exentas de presentar la declaración, lo que se traduce en un menor volumen de gestiones administrativas tanto para los contribuyentes como para la propia Agencia Tributaria. Esto no solo ahorra tiempo y recursos, sino que también contribuye a hacer el sistema fiscal más eficiente.
Desde una perspectiva económica, esta modificación también puede ayudar a mejorar la capacidad de gasto de muchas familias, ya que evita que personas con ingresos ajustados tengan que hacer frente a liquidaciones inesperadas con Hacienda. Sin embargo, para aquellos que superen el nuevo umbral, sigue siendo fundamental conocer su situación fiscal con antelación, revisar los datos fiscales proporcionados por la Agencia Tributaria y planificar posibles deducciones o ajustes para minimizar el impacto de la declaración.
Consecuencias de no presentar la declaración si se está obligado
No presentar la declaración de la renta cuando se está obligado a hacerlo puede acarrear serias consecuencias legales y económicas para el contribuyente. La Agencia Tributaria dispone de mecanismos para detectar omisiones y aplicar sanciones, que varían en función de la cuantía dejada de ingresar y del tiempo transcurrido desde la fecha límite de presentación.
En primer lugar, si la declaración no se presenta dentro del plazo establecido pero el contribuyente lo hace de manera voluntaria antes de que Hacienda le notifique el incumplimiento, se aplicará un recargo por presentación fuera de plazo. Este recargo será del 1% sobre el importe a pagar por cada mes de retraso hasta los 12 meses. Si el retraso supera el año, además del 12% fijo, se sumarán intereses de demora.
Sin embargo, si es la Agencia Tributaria la que detecta la falta de presentación y envía una notificación al contribuyente, la situación se agrava. En estos casos, se considera una infracción tributaria, y la sanción oscila entre el 50% y el 150% del importe adeudado. La cuantía exacta dependerá de si Hacienda considera que la omisión ha sido fortuita o si ha habido intención de ocultar ingresos. En los casos más graves, cuando se detecte fraude o intención de evadir impuestos, las penalizaciones pueden alcanzar hasta los 6.000 euros o incluso derivar en responsabilidades penales.
Además de las multas económicas, no presentar la declaración a tiempo puede acarrear otras complicaciones. Un contribuyente que no regularice su situación fiscal podría enfrentarse a embargos sobre sus cuentas bancarias, nóminas o bienes, así como a la imposibilidad de acceder a beneficios fiscales en el futuro.
Para evitar estos problemas, es recomendable revisar bien los datos fiscales que facilita la Agencia Tributaria, utilizar el simulador de renta para anticipar el resultado de la declaración y, en caso de duda, solicitar asistencia a través de los canales habilitados por Hacienda o acudir a un asesor fiscal. Presentar la declaración en plazo, incluso cuando el resultado no es favorable, siempre será la mejor opción para evitar sanciones y problemas legales.