EMPLEO

El tiempo que se podrá compatibilizar el trabajo y el subsidio por desempleo

Trabajo y Economía han logrado un acuerdo para la reforma del subsidio por desempleo que aumenta la cuantía, amplía los beneficiarios y se podrá compatibilizar con un empleo.

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ondacero.es

Madrid | 20.12.2023 05:03

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz/ EFE/J.J. Guillén
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz | EFE/J.J. Guillén

Tras semanas de desencuentros en el seno del Consejo de Ministros entre las dos principales vicepresidentas económicas del Gobierno, Nadia Calviño y Yolanda Díaz, finalmente ambos Departamentos han llegado a un acuerdo y este martes se ha aprobado el Real Decreto-Ley que reforma el subsidio por desempleo.

Sobre la reforma, la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, ha afirmado que los que salen ganando son los trabajadores y que los "matices" existentes con Economía se han resuelto con "diálogo, diálogo y diálogo".

La medida es el último de los hitos del componente 23 del Plan de Recuperación, ligado al desembolso del cuarto pago de los fondos europeos, que el Gobierno pedirá mañana mismo a Bruselas y debería aprobarse antes de fin de año.

"Todas y cada una de las reformas comprometidas con la Comisión Europea en el componente 23 hoy están completamente aprobadas, saldadas y terminadas", ha subrayado la ministra, que ha añadido que "desde el minuto uno" el Gobierno "no ha hecho más que ensanchar derechos laborales".

Las personas mayores de 55 años serán los mayoritarios los perceptores y sus beneficiarios se concentran en cuatro grandes comunidades autónomas: Andalucía, Comunidad Valenciana, Madrid y Cataluña.

La reforma aumentará la cifra de beneficiarios, actualmente de unas 800.000 personas, a más de un millón, así como las cuantías a percibir durante el primer año de la prestación.

Así quedan las nuevas cuantías

  • El subsidio por desempleo pasa de los 480 euros a 570 euros en los seis primeros meses de la prestación (95% del Iprem).
  • Pasa a 540 euros en los siguientes seis meses s (90% del Iprem).
  • Y se mantiene en los 480 euros actuales hasta su extinción, que se mantiene en un máximo de 30 meses.

Estas cifras son las que corresponderían al subsidio diseñado por el Ministerio de Trabajo con el actual Iprem, que es de 600 euros al mes. En caso de que este indicador se incremente, también lo haría el subsidio, pues lo que fijaría la reforma son los porcentajes del Iprem a los que debe equivaler la ayuda. No obstante, estas nuevas cuantías serán de aplicación a los nuevos perceptores que se reconozcan a partir de la entrada en vigor de la reforma, no a los anteriores.

Durante cuánto tiempo se podrá compatibilizar con un empleo

Con los cambios aprobados por el Gobierno, se podrá compatibilizar el subsidio por cada nuevo empleo a tiempo completo o parcial durante los primeros 6 meses sin pérdida de cuantía, frente a los 45 días planteados inicialmente por Trabajo.

"Esto es clave en todas las políticas públicas, pues muchas veces, ante la elección de prescindir del subsidio o acompañar a un contrato sólo para muy pocos días, las personas se mantenían en este subsidio. Esto queda corregido hoy con la compatibilidad de exactamente 180 días", ha argumentado la ministra.

Las prestaciones por desempleo (contributiva y subsidio) serán compatibles con las becas y ayudas que se obtengan por asistencia a acciones de formación profesional o en el trabajo o para realizar prácticas formativas o prácticas académicas externas en entidades públicas o privadas que formen parte del plan de estudios y se produzcan en el marco de colaboración entre dichas entidades y el centro docente de que se trate.

La reforma mejora la accesibilidad al subsidio al suprimir el mes de espera tras el agotamiento de la prestación contributiva para presentar la solicitud, ampliándose además a seis meses el plazo de solicitud para que la búsqueda de empleo "no colisione" con la necesidad de solicitar el subsidio en plazos perentorios.

Con carácter general, el derecho de subsidio nacerá el día de su solicitud, despareciendo los llamados días consumidos por solicitud fuera de plazo.

Más beneficiarios

La reforma amplía la cobertura e incluye a los menores de 45 años sin cargas familiares (unos 150.000, según estimaciones de Trabajo) y los eventuales agrarios residentes fuera de Andalucía y Extremadura (cerca de 250.000), así como a los trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla pasan

Asimismo se reducen a dos los supuestos de acceso general a la ayuda: el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva y por cotizaciones insuficientes, y conserva el subsidio de mayores de 52 años, que seguirá siendo equivalente al 80% del Iprem.

El texto unifica los requisitos de acceso a la Renta Agraria y al subsidio de trabajadores eventuales del Sistema Especial Agrario sobre el cómputo recíproco de cotizaciones del PROFEA (Plan de Fomento del Empleo Agrario), lo que simplifica los requisitos de acceso y la gestión de estos subsidios específicos, según Trabajo.

De manera transitoria, se mantienen los derechos reconocidos con la normativa anterior hasta su extinción, y se prevé facilitar la transición hacia la protección social cuando la persona beneficiaria no se reincorpore al mercado laboral.

Además, se unifica la duración de este subsidio en los casos de tener responsabilidades familiares con independencia de la edad en el momento de agotar la prestación.

También se podrán acoger al subsidio de cotizaciones insuficientes quienes acrediten periodos cotizados inferiores a seis meses y carezcan de responsabilidades familiares.