El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció el jueves 13 de octubre un nuevo paquete de medidas con el objetivo de rebajar el impacto de la crisis energética este invierno ante los precios elevados, que supondrá la movilización de 3.000 millones de euros de los presupuestos, aproximadamente. Además, afectará al 40% de los hogares del país.
Entre estas nuevas medidas, destaca una nueva tarifa regulada para la calefacción central de gas natural. Estapermitirá reducir a más de la mitad la factura y se reforzará el bono social eléctrico y el térmico, llegando así a más personas.
Nuevas ayudas para el 40% de los hogares
En España, 1,7 millones de hogares se calientan cada invierno con un sistema de caldera comunitaria. Hasta hace unos días, esas familias no tenían la posibilidad de acogerse a la tarifa de último recurso, conocida como TUR. Se trata de una tarifa regulada que se revisa trimestralmente y cuyas condiciones están fijadas por el Estado.
El objetivo de la nueva TUR de ahorro vecinal, que limitará hasta finales de 2023 el incremento trimestral de los precios, es reducir a la mitad la factura de "1,7 millones de hogares".
El Jefe del Ejecutivo también ha anunciado un refuerzo del bono social eléctrico. Esto implica que se aumentará el descuento aplicado hasta el 65 % y el 80 %, respectivamente, para los beneficiarios considerados vulnerables y vulnerables severos.
Además, con carácter temporal, se creará una nueva categoría de consumidores con derecho a un descuento del 40 % en sus facturas para los hogares de trabajadores con ingresos reducidos. En consecuencia, 1,5 millones de familias se verán beneficiadas.
De la misma manera, en 2022 y 2023 se duplicará el presupuesto del bono para los hogares vulnerables acogidos al bono social térmico. Según ha declarado Pedro Sánchez, el objetivo será "doblar la ayuda media hasta los 375 euros por hogar y elevar la ayuda mínima a 40 euros".
Con el objetivo de abordar las cuestiones que están asaltando a los propietarios y a los inquilinos en referencia a la nueva TUR de ahorro vecinal, Onda Cero se ha puesto en contacto con Pablo Abascal, presiente del Consejo General de Colegios de Administradores de Juntas, y con María Luz Rodríguez Rubio, abogada experta en derecho inmobiliario y civil en Legálitas.
¿Cómo afecta la calefacción central a los propietarios y a los que viven de alquiler?
Según cuenta Pablo Abascal, los propietarios deberán afrontar el coste de los servicios y los suministros establecidos en la junta de vecinos de la comunidad. Por lo tanto, si en junta se decide encender la calefacción central durante el invierno, el propietario está obligado a asumirlo.
Por su parte, la condición de los interinos está sujeta al contrato de arrendamiento de vivienda. Se trata de un contrato por el cual existe una relación entre dos partes. En este aspecto, se obliga de manera recíproca y por un tiempo determinado a la cesión de un bien o servicio, quedando obligada la parte que aprovecha la posesión a pagar un precio cierto.
"Lo peor para el inquilino es que el coste de la calefacción central esté incluido en su contrato, ya que tendría que pagarlo", cuenta Pablo.
¿Qué ocurriría en caso de que el precio de la calefacción no estuviese incluido en el contrato del inquilino?
María Luz Rodríguez sostiene que, en este caso, es el propietario quien tiene la obligación de asumir este coste o llegar a un acuerdo con el inquilino.
¿El casero puede subir al inquilino la cuota de la comunidad por el aumento del coste del gas?
De acuerdo con ambos profesionales, el casero puede repercutir en el inquilino una subida de la cuota únicamente si en el contrato figura que la persona que vive de alquiler debe pagar los costes de comunidad además de la renta.
"Si solo tiene que pagar el alquiler, el propietario puede, o rescindir el contrato, o asumir él mismo el gasto con este incremento, según la Ley de Arrendamientos Urbanos", finalizan los expertos.
En las juntas de vecinos, ¿cuántos votos hacen falta para tomar una decisión sobre la calefacción central?
Según cuentan ambos expertos, no es necesario conseguir la unanimidad para regular un elemento común.
“Con tres quintas partes de los votos, se puede llegar a prescindir de la calefacción central en una comunidad de vecinos”, señala Pablo.
Esto implica que la mayoría simple es suficiente para tomar una decisión definitiva sobre la calefacción central en las comunidades.
Ambos profesionales afirman que es recomendable decidir todas las modificaciones en junta.
¿Cómo se deciden los horarios de la calefacción central?
En cuanto a los horarios de la calefacción central, María Luz Rodríguez señala que se requiere que el acuerdo sea adoptado por la mitad más uno de los asistentes a la junta de propietarios, es decir, mayoría simple.
No obstante, esta misma proporción es necesaria para acordar no encenderla, ya que se trata de una decisión temporal e implica que el servicio no se suprime de forma definitiva.
“Este tipo de decisiones deben ser votadas en comunidad. El presidente no tiene las facultades para tomar esta decisión de manera unilateral, ya que únicamente representa a la comunidad. En este sentido, el presidente de la comunidad debe intervenir únicamente en caso de urgencia”, cuenta Pablo.
Si se da el caso de que un vecino no está de acuerdo con la decisión tomada, ¿se puede recurrir?
“Por supuesto. En este caso, el vecino puede recurrirlo y oponerse”, señala María Luz Rodríguez.
La experta hace referencia a la Ley de Propiedad Horizontal. Se trata de la norma que regula las relaciones, los derechos y las obligaciones entre los propietarios o vecinos de varios inmuebles que pertenecen a la misma comunidad o edificio, según la Ley 49/1960 de 21 de julio de 2021.
De acuerdo con esta Ley, la abogada experta en derecho inmobiliario y civil de Legálitas, afirma que el vecino que no esté de acuerdo con la decisión tomada, puede pedir una medida cautelar para que deje en suspenso el acuerdo. Mientras que se sustancia el juicio, la nueva medida tomada por la comunidad y el posterior acuerdo quedaría completamente paralizado.
Además, María Luz señala que, dentro del juicio, se puede dar la situación de que las autoridades decidan que la calefacción central es un elemento común y que todos los miembros de la comunidad tienen derecho a que se encienda la calefacción.
Si no se enciende la calefacción, ¿qué pueden hacer los inquilinos que alquilaron un piso con calefacción central?
Ante esta situación, María Luz Rodríguez destaca el artículo 27 de la Ley de Arrendamientos Urbanos española.
Esta normativa señala que "el incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones resultantes del contrato dará derecho a la parte que hubiere cumplido las suyas a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la resolución del contrato de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.124 del Código Civil".
De acuerdo con esta Ley, los inquilinos deben reclamar esta situación al propietario, ya que es quién les ha alquilado la casa. "Si la casa ya tiene calefacción central, el propietario debe facilitar el cumplimiento del contrato", señala María Luz.
De la misma manera, la experta destaca el artículo 26 de la Ley de Arrendamientos Urbanos española, que apela a la suspensión temporal del contrato. De hecho, tal y como cuenta la experta, la suspensión del contrato supondrá la paralización del plazo del mismo y la suspensión de la obligación de pago de la renta. A pesar de que esta alternativa es cada vez más recurrente entre los abogados, la abogada señala que sólo es recomendable en aquellos casos inusuales y perfiles concretos que ya tengan otra casa u hogar en otro lugar.
Por otra parte, Pablo Abascal señala que, ante esta situación, el inquilino debería solicitarle al propietario que le ajustase la renta. Si el segundo se niega, el experto recomienda la puesta en marcha de un arbitraje, en el que las partes, de mutuo acuerdo, deciden nombrar a un tercero independiente, denominado árbitro, o a un tribunal arbitral, encargado de resolver el conflicto.
¿Qué opciones tiene un propietario no puede pagar la calefacción central?
"Cuando vives en comunidad te tienes que someter a las decisiones del resto de vecinos", cuenta Pablo Abascal, añadiendo que la mejor alternativa es la negociación entre el propietario y la comunidad de vecinos.
"Nosotros siempre mediamos entre los vecinos que se encuentran en esta situación y apoyamos la decisión de que se pague a plazos. La última opción que aconsejamos es pedir un préstamo, ya que me parece muy triste. Otra alternativa que, en ocasiones, funciona bien, consiste en solicitar ayuda y consejo a los servicios sociales de la comunidad", añade el experto.
Por su parte, María Luz, coincidiendo con el presidente, aconseja la opción de pagar a plazos, ya que " a la comunidad le interesa también esta alternativa para no llegar a juicio."