La Junta Electoral ha emitido esta resolución tras estimar una reclamación presentada por el PSC, que denunció que la declaración de Mas del pasado 11 de septiembre, "anunciada y difundida como institucional, supuso una utilización de su condición de President de la Generalitat y de un medio público de comunicación para trasladar a los electores el mensaje ideológico de la candidatura con la que concurre a las próximas elecciones al Parlament".
La Junta provincial ha dado la razón al PSC y declara que "mediante el discurso institucional que, como President de la Generalitat de Catalunya, efectuó D. Artur Mas i Gavarró el pasado día 11 de septiembre, infringió los principios de objetividad y transparencia del proceso electoral y de igualdad entre los actores electorales que a los poderes públicos impone el artículo 50 de la LOREG durante el periodo electoral".
Por ello, requiere al presidente catalán que "en tal condición y en lo que resta del periodo electoral, se abstenga de realizar actos similares al que motiva el presente acuerdo o que supongan vulneración de la normativa electoral".