Deben usar el Código Penal español vigente en 2012

El abogado de Valtònyc cree que la justicia europea apunta a la "no extradición"

La defensa en Bélgica del rapero español Josep Miquel Arenas, alias Valtònyc, huido en Bélgica y reclamado por la justicia española, considera que las conclusiones del caso publicadas por un abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) acercan a su cliente a la "no extradición".

EFE

Madrid |

Valtonyc | Europa Press

"El abogado general del TJUE en Luxemburgo ha publicado hoy su opinión sobre el caso de Valtonyc, apoyando nuestro punto de vista. España no debería doblar las reglas en su búsqueda de la extradición. Otro paso más hacia la no extradición", comentó en Twitter Simon Bekaert, letrado que junto con su padre, Paul Bekaert, representa al músico en Bélgica.

El jurista checo del TJUE Michal Bobek, cuyas opiniones no son vinculantes para el tribunal pero suelen orientar las decisiones definitivas de la corte europea, concluyó que España no emitió correctamente la euroorden solicitando la entrega de Valtònyc.

Según el abogado general del tribunal, la justicia belga debe utilizar como referencia el Código Penal español vigente en 2012 para decidir sobre la entrega del rapero, es decir, cuando cometió sus delitos, y no el de 2015, que endurecía las penas y facilitaría una entrega casi automática.

Las conclusiones del jurista comunitario se alinean con el principio general del Derecho de la no retroactividad en la aplicación de las normas, salvo que sean favorables para el acusado.

Josep Miquel Arenas, de 25 años ahora y reclamado por la justicia española, fue sentenciado por la Audiencia Nacional en 2017 a una pena de tres años y medio de cárcel, de los que dos años correspondían a la pena máxima por los delitos de humillación a las víctimas y enaltecimiento del terrorismo cometidos en 2012 y 2013, y el resto a injurias a la Corona y amenazas.

La propia Audiencia Nacional aplicó el principio de no retroactividad al condenarle en 2017 en función del Código Penal vigente en 2011 y 2012, cuando cometió los delitos, sin reparar en la modificación de 2015 posterior que endurecía las penas y elevaba a tres años el castigo más elevado por los mismos hechos.

Tras conocerse la sentencia, el músico mallorquín compareció ante la prensa para señalar que está "muy contento" con las conclusiones del abogado general del TJUE, que ha aplicado un razonamiento que "es de primero de Derecho". "No es nada definitivo. No quiere decir que se rechace mi extradición, ni mucho menos", agregó el rapero, quien señaló que la opinión del jurista comunitario "demuestra que España cuando juega fuera de casa no puede hacer lo que quiera y no puede interpretar la ley como quiera".

El Tribunal de Apelación de Gante, que debe resolver la entrega de Valtònyc después de que el Tribunal de Primera Instancia de Flandes Oriental de Gante rechazara su traslado, tiene fijada la vista del juicio el próximo 24 de diciembre. No obstante, Valtònyc explicó que si el TJUE no hubiera publicado antes de esa fecha su respuesta definitiva, que no admite recurso, el tribunal belga retrasará automáticamente la vista sin llegar a celebrarla.

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