En su sentencia, la sección segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional considera insuficiente la prueba de carga contra entre ellos, "ya que deja un margen de duda suficiente y razonable sobre la verdadera intención y participación en los hechos" de los que les acusaba la Fiscalía Anticorrupción.
De este modo, Ramoncín, que estuvo en la Junta Directiva de la SGAE entre 1998 y 2007, ha evitado ser condenado a los 4 años y 10 meses de cárcel (2 años y 10 meses por apropiación indebida y 2 años más por falsedad documental), así como a una multa de 13.924 euros por delito societario, que pedía para él la Fiscalía.