CRISIS DEL CORONAVIRUS

La Audiencia Nacional acepta el recurso de la Comunidad de Madrid contra las restricciones del Gobierno al ocio nocturno

La Audiencia Nacional concede medidas cautelarísimas al recurso presentado por la Comunidad de Madrid contra las restricciones aprobadas por el Ejecutivo para intentar frenar los contagios en el ocio nocturno y la restauración.

ondacero.es | EFE

Madrid | 07.06.2021 19:34

La Audiencia Nacional acepta el recurso de la Comunidad de Madrid contra las restricciones del Gobierno al ocio nocturno
La Audiencia Nacional acepta el recurso de la Comunidad de Madrid contra las restricciones del Gobierno al ocio nocturno | Agencia EFE

La Audiencia Nacional ha concedido medidas cautelarísimas al recurso administrativo presentado este lunes por la Comunidad de Madrid contra las restricciones al ocio nocturno y la hostelería pactadas en el Consejo Interterritorial de Salud y publicadas el pasado sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El Gobierno de Isabel Díaz Ayuso cargaba contra lo que considera "un perjuicio" al sector y una "invasión de competencias" del departamento de Carolina Darias. La presidenta comentaba en su cuenta oficial de Twitter que las medidas "son arbitrarias y atentan contra el sentido común e interés de los madrileños. Para seguir arruinando a la gente que no cuenten conmigo".

"La Audiencia Nacional acepta nuestro recurso y nos concede medidas cautelarísimas", ha tuiteado la presidenta regional.

Las medidas aprobadas por Sanidad

Las medidas contra las que el Gobierno de Ayuso han planteado el recurso ante la Audiencia Nacional, contemplan, entre otras medidas, la reapertura del ocio nocturno hasta las 3 de la madrugada sólo en los territorios de menor incidencia (nivel 1 de riesgo o nueva normalidad),es decir, los que cuentan con menos de 50 casos por cada 100.000 habitantes.

También establecen un límite horario para la hostelería, que no podrá abrir más allá de la 1 ni servir más tarde de las 24 horas, y restricciones de aforo, así como otras medidas para eventos multitudinarios y prohibiciones de fumar y vapear en la calle cuando no se puedan guardar los 2 metros de distancia, entre otras.