Además de las cuestiones planteadas contra la legitimidad de la acusación popular de Manos Limpias para mantener a la infanta Cristina en el banquillo pese a no acusarla la Fiscalía ni la Abogacía del Estado, el tribunal de la sección primera de la Audiencia balear desestima las peticiones de sobreseimiento respecto al resto de acusados que lo pretendían.
Así, mantiene acusados en el juicio a Luis Lobón, Jorge Vela, Elisa Maldonado y José Manuel Aguilar, imputados por presuntos delitos cometidos en la llamada "rama valenciana" de la supuesta trama de corrupción tejida por el Instituto Nóos y empresas anexas en contratos con administraciones públicas valencianas.
Sus defensas argumentaron que correspondía instruir y juzgar sus actos a los órganos judiciales de la Comunitat Valenciana porque los presuntos delitos se cometieron en esa región y afectaron a instituciones y entidades valencianas, y nada tenían que ver con los investigados en Baleares y Madrid.
El tribunal desestima este razonamiento al sostener que la ley y la jurisprudencia priman la "regla de enjuiciamiento conjunto" en casos donde haya intervinientes comunes y hechos conectados entre sí.
También rechaza los argumentos, de diferente índole, planteados en favor de su exoneración por la defensa del asesor fiscal Salvador Trinxet y los expuestos por la representación de Miguel Tejeiro, Ana Maria Tejeiro y su esposo, el exsocio de Iñaki Urdangarin Diego Torres.
En cuanto a Alfonso Grau, admite la cuestión previa y anula la acusación sostenida por la representación de Manos Limpias al considerar que adolece de defectos que la hacen inválida.
No obstante, como el exvicealcalde de Valencia también está encausado a instancias de la acusación popular ejercida por el grupo municipal socialista de Valencia, el tribunal señala que Manos Limpias podrá adherirse en el juicio a sus planteamientos.
El auto dictado este viernes por unanimidad por las magistradas Samantha Romero, Eleonor Moyá y Rocío Martín no es recurrible, aunque las partes pueden formular protesta cuando el próximo 9 de febrero se reinicie el juicio y recurrir al Tribunal Supremo con los mismos argumentos de las cuestiones previas cuando se dicte sentencia.