La defensa de Begoña Gómez, investigada por un juez por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios, ha solicitado al magistrado que no lleve a cabo este viernes el interrogatorio en calidad de testigos del vicerrector de Planificación, Coordinación y Relaciones Institucionales de la Universidad Complutense de Madrid (UCM), José María Coello de Portugal, y de su predecesor en el cargo, Juan Carlos Doadrio, dado que en la denuncia inicial de Manos Limpias no hay referencia alguna a la universidad ni ha delito que pudiera haberse producido en su seno.
En un escrito de su defensa incide así en que "la denuncia que dio lugar a la incoación y que ha de delimitar el ámbito objetivo de la investigación no hacía referencia alguna a la Universidad Complutense de Madrid ni a ningún hecho indiciariamente constitutivo de delito producido en su seno".
Por eso, explica, "no se alcanza a entender y tampoco se explicita en la sucinta providencia, por la que les cita, que es objeto de este recurso cual es la aportación que pueden hacer con sus declaraciones un vicerrector (...) y su antecesor en el cargo, a los hechos que se venían investigando antes de la avocación a la Fiscalía Europea".
Además, el abogado Antonio Camacho vuelve a reiterar como en escritos anteriores que existe una "indeterminación" en cuanto al objeto de lo que se está investigando, y que esta realidad "ha sobrevolado este procedimiento desde el inicio de las presentes diligencias".
"Esta parte ha presentado en las ultimas semanas reiteradas peticiones a efectos de que por el juzgado instructor se aclarara cuáles son los hechos que constituyen el objeto de investigación en las presentes diligencias previas", incide, para luego recordar que el auto de la Audiencia Provincial de Madrid que avalaba la instrucción acotaba las pesquisas porque indicaba que "solo existían indicios suficientes con relación a los contratos en donde se otorgaban una serie de subvenciones a la UTE formada por Innova Next S.L.U y la Escuela de Negocios The Valley".
Camacho recuerda que esos hechos, de acuerdo con ese auto "eran los únicos que reunían indicios suficientes como para abrir la investigación respecto a los mismos", y señala que al poco tiempo Peinado "se inhibió a favor de La Fiscalía Europea por estimar que ésta era la competente para conocer de los mismos".
"A partir del razonamiento que hemos expuesto en los anteriores parágrafos el presente procedimiento carecería de cualquier objeto puesto el inicial que fue delimitado por la Audiencia Provincial habría sido remitido para su investigación a la Fiscalía Europea", reitera.
Y explica que con este razonamiento debería ser bastante para "fundamentar este recurso" ya que "si no existe objeto de la investigación no cabe que el instructor acuerde la práctica de ninguna diligencia".
"Impertinente e inútil"
Por otro lado, recuerda que ni la cantidad de escritos presentados por las acusaciones populares ni las testificales celebradas en el marco de la causa "han añadido nada a la insuficiencia indiciaria existente en la denuncia inicial".
Así, sobre las testificales programadas para este viernes a las 13.00 horas, reitera que es una diligencia "impertinente e inútil" porque "si los hechos no están siendo investigados en el presente procedimiento no cabe tomar declaración a dos miembros de la Universidad Complutense que nada tiene que ver con el objeto del presente procedimiento".