El Congreso de los Diputados ha aprobado este martes la admisión a trámite de la Ley para la abolición de la prostitución en España. Después de las críticas de muchos de sus socios después de que la parte socialista del Gobierno intentara incluir este hecho en la ley del "solo sí es sí", presentaron una ley específica sobre la abolición de la prostitución que supone una reforma en el Código Penal.
La reforma sale adelante con los votos a favor de PP y Podemos, pero sin el apoyo de otros socios del gobierno como ERC, EH Bildu o PNV. El resultado de la votación ha sido de 232 votos a favor, 38 en contra y 69 abstenciones.
Los diputados de En Comú Podem, por su parte, anunciaron esta misma tarde que votarían en contra de la propuesta porque "no queremos criminalizar ni estigmatizar a ninguna mujer, queremos escucharlas". La formación mantiene posturas más regulacionistas y ha aplicado la libertad de voto entre sus siete parlamentarios. Solo el diputado Ismael Cortés ha votado a favor.
¿Qué supondrán estos cambios en el Código Penal?
Uno de los artículos del Código Penal que se va a modificar será el 187, desvinculando la persecución del proxenetismo de la explotación, lo que amplía el tipo penal que lo criminaliza. Esta ley elimina el concepto de explotación y rebaja las penas de uno a tres años.
Otra de las modificaciones es la de la tercería locativa. Esto es, se castigará al que destine de manera habitual y con ánimo de lucro un local para la práctica de la prostitución. Las penas de prisión por este motivo estarán entre dos y cuatro años de prisión y las multas entre los 18 y los 24 meses.
La tercera modificación es la del castigo a los puteros. Los clientes o consumidores de prostitución serán castigados con multa de 12 a 24 meses, una pena que aumentará en caso de que la persona prostituida sea menor de edad. La persona prostituida no podrá ser sancionada en ningún caso.