Audiencia de Las Palmas

Condenado a 19 años de cárcel por matar a una vecina que le recriminó el ruido de sus videojuegos

La Audiencia de Las Palmas ha condenado a 19 años de cárcel por asesinato, sin ningún tipo de atenuante, al estudiante de Informática que hace dos años mató a golpes a su vecina de piso, otra universitaria, después de que esta le recriminara el ruido que hacía con sus videojuegos.

ondacero.es

Madrid |

Audiencia de Las Palmas | Agencias

El procesado, Alberto M.P., reconoció durante el juicio la autoría de los hechos, pero intentó alegar que no era dueño de sus actos, porque estaba enajenado por su adicción a los videojuegos, y pidió perdón a los familiares de su víctima, Saray González.

Sin embargo, el Jurado que juzgó el caso no encontró pruebas para concederle ninguna atenuante, sino todo lo contrario: su veredicto dio validez al dictamen de los médicos forenses, que establecía que el acusado sabía lo que hacía al momento de matar a Saray.

Este asesinato generó una gran conmoción tanto en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria como la isla de La Palma, de donde era originaria la víctima, por las circunstancias que lo rodeaban.

Los hechos ocurrieron en la tarde del 27 de octubre de 2015, cuando Saray González acudió a casa de su vecino a quejarse del ruido que generaba con sus constantes partidas de videojuegos como "League of legend" o "Multi thef auto: San Andreas".

El procesado no solo no cesó en su actitud, sino que poco después le devolvió la visita a Saray y aporreó su puerta, hasta que esta le abrió; entonces, la atacó de forma sorpresiva y con gran violencia con unas grandes tijeras de cortar metal.

La defensa sostuvo durante el juicio que su cliente tiene una personalidad esquizoide y que padece una adicción a los videojuegos comparable a la que puede tener un toxicómano. Y fue una combinación de ambos factores, según su versión, lo que le hizo actuar así.

Sin embargo, el magistrado que ha dictado la sentencia, Miguel Ángel Parramón, coincide con el Jurado en que el informe de los médicos forenses rebate que así fuera y, de hecho, avala que Alberto M.P. sabía lo que había y quiso matar a su vecina.

Además, el juez resalta lo incomprensible de este crimen: "Si toda muerte violenta es por definición irracional y brutal", argumenta, "la muerte de Saray me lo parece especialmente, porque, de un lado, carece no ya de justificación, sino también de explicación racional alguna, por mínima que sea, y de otro, porque es de una violencia desmesurada y extrema".

La sentencia coincide con el Jurado en que el ataque del acusado a su vecina resultó claramente alevoso, ya que "no solo fue traicionero y sorpresivo, sino que además prosigue estando la víctima inconsciente o semiinconsciente y completamente desvalida".

El Jurado descartó, en cambio, que la reiteración de golpes que Alberto M.P. asestó a Saray González pudiera catalogarse como ensañamiento, porque no la vio encaminadas a elevar su sufrimiento, sino al fin de asegurarse su muerte.

El magistrado no puede corregir el veredicto del Jurado, pero expresa cierta discrepancia al respecto: "La reiteración y agresividad del ataque", opina, "es susceptible de causar un grado de sufrimiento añadido a la víctima que por mucho que el Jurado diga que está encaminado a la causación de la muerte es merecedor de un intenso reproche criminal".

De hecho, lo tiene en cuenta a la hora de decidir por qué le aplica casi la pena máxima para un asesinato con un solo atenuante.

En cuanto a la confesión del acusado, remarca que se produjo cuando la investigación policial estaba ya tan avanzada, que él era el principal sospechoso, de modo que no puede aceptarla como atenuante. Sin embargo, sí la tiene en cuenta a su favor a la hora de modular la pena, porque no deja de ser "cierta colaboración" con la Justicia que ayudó a "agilizar la resolución del caso".

La sentencia condena, además, a Alberto M.P. a indemnizar con 150.000 euros a cada uno de los padres de la fallecida y con otros 100.000 euros a su hermana.