AUDIENCIA NACIONAL

Condenados a penas de entre 8 y 53 años de cárcel los tres acusados por los atentados de Barcelona

El Tribunal les impone la inhabitación absoluta y especial, así como la prohibición de acercase a Alcanar durante 10 años una vez cumplidas las penas.

ondacero.es | Agencias

Madrid | 27.05.2021 15:49

Los acusados Mohamed Houli Chemial, Driss Oukabir y Said Ben Iazza durante el juicio en su contra en la Audiencia Nacional en San Fernando de Henares.
Los acusados Mohamed Houli Chemial, Driss Oukabir y Said Ben Iazza durante el juicio en su contra en la Audiencia Nacional en San Fernando de Henares. | Agencia EFE

La Audiencia Nacional ha condenado a penas de entre 8 y 53 años de cárcel a 3 miembros de la célula yihadista que perpetró los atentados del 17 de agosto de 2017 en Las Ramblas de Barcelona, mediante un atropello masivo con una furgoneta, y en el paseo marítimo de Cambrils (Tarragona), que causaron 16 muertos y 140 heridos.

Los tres condenados

En concreto, la sección tercera de la Sala de lo Penal condena a 53 años de prisión a Mohamed Houli, quien resultó herido en la explosión en Alcanar (Tarragona), 46 a Driss Oukabir, quien alquiló la furgoneta de Las Ramblas, y 8 años para Said Ben Iazza por prestar su documentación y una furgoneta para comprar y transportar artefactos explosivos.

A los dos primeros, la sentencia les atribuye delitos de pertenencia a organización terrorista; tenencia, depósito así como fabricación de sustancia o aparatos explosivos e inflamables de carácter terrorista; y estragos en tentativa de carácter terrorista en concurso con 29 delitos de lesiones por imprudencia grave.

La Sala sin embargo ha rechazado considerar a ambos coautores de 14 delitos de homicidio en tentativa de carácter terrorista, así como de 34 delitos de lesiones de carácter terrorista y de cinco de lesiones por imprudencia como pedían algunas acusaciones, no así la Fiscalía.

Además, la resolución, de 1.018 páginas, les impone la inhabitación absoluta y especial, así como la prohibición de acercase a Alcanar durante 10 años una vez cumplidas las penas privativas de libertad. La Sala indica que el cumplimiento efectivo de las penas para estos dos acusados no excederá de 20 años.

A Said Ben Iazza, la Audiencia Nacional le condena a 8 años por el delito de colaboración con organización terrorista y le impone, además, la inhabilitación absoluta y especial, así como y la prohibición de acercarse a Alcanar durante cinco años desde que cumpla la pena de prisión.

La Fiscalía solicitaba penas 41 y 36 años de prisión para Houli y Oukabir, respectivamente, por delitos de integración en organización terrorista, fabricación, tenencia y depósito de sustancia explosivas y por conspiración para el delito de estragos, mientras que para el tercer acusado solicitaba una condena a 8 años de cárcel por colaboración con la célula yihadista.