La Comisión de Sanidad y Servicios Sociales ha dado hoy luz verde de forma definitiva a la reforma de la citada normativa, a la que se añadirá una disposición adicional según la cual "serán nulas aquellas cláusulas, estipulaciones, condiciones o pactos que excluyan a una de las partes, por tener VIH/Sida u otras condiciones de salud".
Y también "será nula la renuncia a lo estipulado en esta disposición por la parte que tenga VIH/Sida u otras condiciones de salud".
Pero, además, amplía este nuevo marco a otras enfermedades, ya que la reforma establecerá que no se podrá discriminar a las personas con "VIH/Sida u otras condiciones de salud", salvo que "se encuentren fundadas en causas justificadas, proporcionadas y razonables, que se hallen documentadas previa y objetivamente".
Según el acuerdo alcanzado hoy por todos los grupos, el Gobierno tiene a partir de ahora el plazo de un año para presentar un proyecto de ley para aplicar los principios de esta norma a otras enfermedades respecto a las que pueda considerarse que están sometidas a los mismos efectos excluyentes en las relaciones jurídicas.
Esta iniciativa tiene su origen en otra que fue aprobada por el Parlamento de Navarra en enero del pasado año cuyo objetivo era eliminar la discriminación que sufren los portadores de sida a la hora de contratar seguros de vida, salud o asistencia sanitaria.
"Este tipo de disposiciones discriminatorias acentúan el estigma social y la discriminación legal de las personas seropositivas", ya que la legislación actual obliga a declarar esta enfermedad a la hora de contratar un seguro, daba como ejemplo el texto de la cámara autonómica.
Poco después, en abril, todos los grupos parlamentarios respaldaron la toma en consideración la proposición de ley, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOE y será de aplicación a las cláusulas y estipulaciones que se firmen o de contratos ya suscritos.