En un auto, el tribunal de garantías rechaza suspender las resoluciones del juez instructor, Pablo Llarena, y de la Sala de Apelaciones del Supremo porque ello podría equivaler a un "otorgamiento anticipado de amparo".
Respecto al eventual perjuicio a la participación en asuntos públicos que los exconsellers alegaron en su recurso, el Tribunal aclara que "tal limitación se apoya precisamente en su situación de preso preventivo", y añade que "el objeto principal de este recurso de amparo es única y exclusivamente valorar el ajuste constitucional de las medidas cautelares de prisión provisional que mantienen las resoluciones judiciales impugnadas".