La norma se llama literalmente "Reconocimiento y reparaciónde víctimas de vulneraciones de Derechos Humanos en el contexto de la violencia política en la Comunidad Autónoma Vasca entre 1978 y 1999".
La ley, aprobada por el Parlamento Vasco el 28 de julio de 2016, ha quedado provisionalmente "sin vigencia y aplicación" en varios incisos de los artículos 2, 4, 14 y 15 y en su disposición adicional sexta, en tanto resuelva el Constitucional, porque así lo solicitaba el recurso del Gobierno siguiendo lo previsto por la Constitución.
La norma vasca fue acordada por el PNV y el PSE e incorporó la práctica totalidad de las enmiendas socialistas, la mayoría de ellas tendentes a dotarla de la máxima seguridad jurídica y evitar que el Gobierno central la recurriese por vulnerar la Constitución o infringir competencias exclusivas estatales.
Para ello se eliminaron todas las alusiones a la "represión ilícita" y se excluyeron como víctimas a las personas que fallecieron o resultaron heridas durante la manipulación de armas o explosivos con el fin de desarrollar alguna actividad violenta.
El TC ha dado traslado al ejecutivo central, así como al Parlamento y al Gobierno del País Vasco, que dispondrán de quince días para personarse en el proceso y formular las alegaciones que consideren convenientes.
La admisión a trámite y la suspensión cautelar no suponen anticipo alguno del pronunciamiento sobre el fondo del recurso, que reprocha a la ley vasca la invasión de competencias judiciales y del Estado central.
La norma recurrida persigue atender a las víctimas de graves violaciones de derechos humanos que no habían sido reconocidas ni reparadas hasta la fecha. En su día, esta ley fue considerada por el lehendakari, Iñigo Urkullu, una "pieza necesaria" para construir la convivencia.