¿Puede la ministra Ione Belarra acusar de prevaricación al Supremo en Twitter sin cometer un delito contra las Instituciones del Estado? Los fiscales de Sala de la Sección Penal del Tribunal Supremo coinciden mayoritariamente en que el tuit de la ministra de Derechos Sociales contiene elementos con indicios claros de delito. Sin embargo, según relatan a Onda Cero fuentes fiscales, tras discutir el asunto en la Junta de este lunes, han decidido no proceder de oficio contra Belarra.
Pese a que las calumnias pertenecen al grupo de delitos contra el Honor, y por tanto requieren necesariamente de la interposición de una querella por parte de la persona ofendida, la ley habilita a la Fiscalía a actuar de oficio cuando el posible delito está encuadrado en el Capítulo III del Código Penal, que comprende los delitos contra las Instituciones del Estado, como es el caso de las calumnias, injurias o amenazas graves al Gobierno y otros órganos como el Tribunal Supremo, recogidas en el artículo 504.1 del Código Penal.
Querella de oficio
La posibilidad de que la Fiscalía plantee esa querella de oficio contra Ione Belarra quedó descartada esta mañana ante la división de opiniones en el debate planteado entre los fiscales de Sala de la Sección Penal del Tribunal Supremo. Sin embargo, hay una amplia coincidencia en que los hechos revisten ciertos indicios delictivos, lo que lleva a pronosticar un informe favorable a investigar el asunto si el Supremo le da traslado a la Fiscalía de una virtual querella.
En su calidad de miembro del Gobierno, Ione Belarra está aforada ante el Tribunal Supremo y cualquier querella contra ella deberá presentarse ante este órgano.
Según las fuentes consultadas por Onda Cero, llegado el caso de que el Supremo le pida opinión a la Fiscalía sobre la pertinencia de tramitar una querella interpuesta contra Ione Belarra, el criterio que triunfará en la Junta de fiscales de Sala de lo Penal será a favor de su admisión, y por tanto de que el Alto Tribunal investigue a la ministra de Derechos Sociales por un posible delito penal.
División en la Junta
La Junta ha preferido así no dar el primer paso contra Belarra y no plantear de oficio una querella que no contaba con el criterio unánime de todos los miembros de la Junta y que previsiblemente desataría la polémica por las discrepancias con que habría contado la decisión. Sin embargo, y aunque la Fiscalía no llevará la iniciativa, la reunión ha permitido constatar que, una vez que llegue el asunto por la vía de informe, éste será positivo.
El pasado viernes, la presidenta del Congreso, Meritxell Batet comunicó al diputado de Podemos, Alberto Rodríguez, la pérdida de su escaño en virtud de la sentencia del Supremo que le condenó a un mes y quince días de prisión -sustituida por multa-, e inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
El tweet de Belarra
La reacción de Belarra en su cuenta de Twitter provocó un sonoro revuelo al atribuir la condena a un supuesto objetivo previo de quitarle el escaño: “El Supremo presiona a la Presidencia del Congreso para retirárselo aunque ambos saben que no es lo que dice la sentencia. Prevaricación”.
Distintas fuentes jurídicas consultadas por Onda Cero, apuntan que acusar de prevaricación al Tribunal Supremo y a Batet no puede quedar amparado por la libertad de expresión y el derecho a expresar opiniones políticas, que no protegen cualquier exceso verbal.
Según estas fuentes, también es perseguirle de oficio el delito de calumnias cuando es contra funcionario público o autoridad, y es denunciable ante los tribunales por cualquier ciudadano.
El tuit de Belarra ya originó el mismo viernes una airada respuesta del CGPJ, que expresó su malestar “con mayor rotundidad que en otras ocasiones” al ser un miembro del Poder Ejecutivo el que realiza estas manifestaciones, lo que a su juicio “sitúa las relaciones entre dos poderes del Estado en un plano completamente indeseable”.