Los fiscales del 'procés' recurren este martes el auto dictado la semana pasada por el magistrado del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, para que procese a los encausados rebeldes, el ex presidente catalán Carles Puigdemont y los ex consejeros Toni Comín y Clara Comín, por el nuevo delito de desórdenes públicos agravados, en lugar del de desobediencia con el que el instructor optó por sustituir la sedición, derogada por la última reforma penal.
En su escrito los fiscales piden a Pablo Llarena incluir en las órdenes de detención e ingreso en prisión el tipo penal de desórdenes públicos del artículo 557.1 y 2 Código Penal respecto a Puigdemont, Comín y Ponsatí, en la medida en que restringe el futuro enjuiciamiento de los mismos por algunos de los hechos recogidos en el auto de procesamiento en el caso de que sean entregados.
Para los fiscales, "los hechos constituyen un delito de desórdenes públicos porque se cumplen todos los elementos típicos del artículo 557.2 CP: actuación en grupo, fin de atentar contra la paz pública, incumplimiento de resoluciones judiciales y realización de actos típicos de violencia, intimidación, obstaculización de vías públicas con riesgo personal o invasión de edificios alterando sus servicios esenciales".