En el noveno día de huelga de transportistas por el alto precio de los combustibles el Gobierno ha modificado el límite en los tiempos de conducción en las operaciones de transporte de mercancías.
Según publica el BOE este lunes, el período máximo de conducción diaria aumenta de 9 a 11 horas, el semanal de 56 a 60 y el bisemanal de 90 a 102. Además, los requisitos de descanso diario se reducen de 11 a 9 horas y se ofrece la posibilidad de tomar dos descansos semanales reducidos consecutivos de al menos 24 horas.
Estas medidas excepcionales estarán vigentes hasta el próximo domingo 27 de marzo.
Cambios en los controles de jornadas de trabajo
El BOE publica también que se transponen al ordenamiento jurídico español los controles mínimos sobre las jornadas de trabajo de los transportistas. Desde ahora, los controles en carretera se harán con rapidez y eficacia con el objetivo de que se realicen con el menor retraso posible para los conductores.
Al menos del 30% de las jornadas de trabajo se controlará en carretera y el 50% en los locales de las empresas. Además, las infracciones a los tiempos de conducción y descanso deberán ser notificadas, al menos, cada seis meses a las autoridades del Estado cuyos residentes las hayan cometido.