La ministra de Igualdad en funciones, Irene Montero, ha eliminado el tuit que publicó hace año y medio en el que de forma indirecta llamaba maltratador a Rafael Marcos, exmarido de María Sevilla, expresidenta de Infancia Libre, en cumplimiento de una sentencia del Tribunal Supremo (TS) que se lo impuso.
En un mensaje en X, la red antes denominada Twitter, la secretaria de Acción de Gobierno de Podemos ha indicado (este viernes a las 23.37 horas) que elimina su tuit del 25 de mayo de 2022 "en cumplimiento de la sentencia", de la cual publica su encabezamiento y fallo a continuación, a lo que también le obligaba esa resolución judicial, dictada el 8 de junio de 2023.
Asimismo, en la estimación parcial de la demanda de Rafael Marcos contra Irene Montero, la Sala de lo Civil del TS exigía a la ministra que publicara el encabezamiento y la parte dispositiva de la sentencia en un periódico de ámbito nacional, a su costa.
Montero lo ha cumplido en el diario digital Público, que lo exhibe desde las 23.11 horas de este viernes 10.
La ministra ya consignó los 18.000 euros de indemnización al exmarido de María Sevilla y tenía que abonar además 5.400 euros por las costas e intereses del procedimiento, según el auto de ejecución de la sentencia, dictado el 4 de octubre, cuatro meses después de la resolución judicial.
En ella, el Supremo condenó a Montero por vulneración del derecho al honor por unas palabras pronunciadas en el acto de inauguración de la nueva sede del Instituto de las Mujeres, y la publicidad que las dio al exhibir el vídeo en el tuit ahora suprimido.
La ministra dijo entonces que "las madres protectoras sufren injustamente y, en muchos casos, suponiendo una vulneración de muchos de sus derechos, la criminalización y la sospecha por parte de la sociedad, cuando lo que están haciendo no es otra cosa que defenderse a sí mismas y defender a sus hijos e hijas frente a la violencia machista de los maltratadores".
Marcos denunció que Montero hizo estas declaraciones justo tras conocerse que el Gobierno indultaba parcialmente a su exmujer, condenada en 2020 a dos años y cuatro meses de cárcel y a la pérdida de la patria potestad de su hijo por un delito de sustracción de menores de ese niño, al que no permitía acercarse a su padre.
El Supremo señaló que las palabras de la ministra "no son genéricas sino que del contexto y de su literalidad cabe deducir que se hace alusión al demandante y que se le atribuyen hechos constitutivos de violencia machista".