De este modo, el caso Rato permanece en el Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid y no se acumula al caso Bankia, ya que Andreu rechaza la inhibición de este juzgado y considera que los delitos que se le imputan -fiscales, de corrupción de particulares y blanqueo de capitales- no deben ser investigados en la Audiencia Nacional.
En su escrito, Andreu alega que para que la Audiencia Nacional fuera competente el delito tenía que haberse producido en el extranjero.
Para que la Audiencia Nacional se pudiera hacer cargo de la investigación, los dos delitos subyacentes o previos al blanqueo -corrupción entre particulares y delitos fiscales- tendrían que haber tenido una "grave repercusión en la economía nacional", algo que tampoco se da en el presente caso.