CASO DINA

El juez pide al Supremo que investigue a Pablo Iglesias por denuncia falsa, revelación y daños informáticos

Manuel García Castellón, el juez que investiga el caso Villarejo, ha pedido al Tribunal Supremo que abra una investigación penal a Pablo Iglesias por posible delito en la pieza de Dina sobre el robo del móvil a la exasesora de Podemos, según confirman fuentes jurídicas a Onda Cero.

- Las claves del caso Dina y por qué vuelve a salpicar a Pablo Iglesias

ondacero.es

Madrid | 07.10.2020 12:57 (Publicado 07.10.2020 12:41)

El vicepresidente del Gobierno, Pablo Iglesias, en una imagen de archivo.
El vicepresidente del Gobierno, Pablo Iglesias, en una imagen de archivo. | Agencia EFE

El juez del caso Villarejo, Manuel García Castellón, ha pedido al Tribunal Supremo que investigue a Pablo Iglesias por denuncia falsa, revelación y daños informáticos en el caso Dina.

Según confirman fuentes jurídicas a Onda Cero, el magistrado de la Audiencia Nacional ha enviado una exposición razonada al alto tribunal en la que desgrana los indicios que ha reunido contra el vicepresidente del Gobierno en el marco de esta investigación.

La exposición razonada incluye también a la directora de los servicios jurídicos de Podemos María Gloria Elizo y a los letrados de esta formaciónn Marta Flor Nuñez y Rául Carballedo, así como a la propia ex asesora Dina Bouselhan y Ricardo Dasaferreira, estos dos últimos por falso testimonio.

El magistrado considera que Iglesias usó de forma fraudulenta este proceso para intentar lograr algún tipo de ventaja electoral.

Iglesias se guardó la tarjeta "sin decírselo a su propietaria"

Según señala el titular del Juzgado central de Instrucción 6, Pablo Iglesias recibió de Antonio Asensio, el 20 de enero de 2016, la tarjeta de memoria original mini SD procedente del teléfono de Dina Bouselham, en la que comprobó que almacenaba archivos personales y de carácter muy íntimo de aquella.

“Pese a ello se guardó la tarjeta en su poder, sin decírselo a su propietaria aun cuando ambos eran personas cercanas (ella había sido su asesora) y el conocimiento que tenía de la desaparición de los objetos de Dina desde noviembre de 2015”, explica el auto.

Esta acción, continúa la resolución, puede vincularse al conocimiento que Iglesias tuvo al observar el contenido de la tarjeta micro SD de las capturas de pantalla que la asesora guardaba de conversaciones de grupos de mensajería en los que aparecía el aforado.

El magistrado señala como otro punto significativo el hecho de que Pablo Iglesias devolviera a Dina la tarjeta que guardaba en su poder inoperativa y, advierte de que si bien no se ha podido determinar la fecha de la devolución, indica, en todo caso, que debió de ser antes del 23 de agosto de 2017. “Se sabe que cuando se devuelve la tarjeta está inservible para su funcionamiento”.

Descubrimiento y revelación con agravante de “razones de género”

Los hechos que rodearon al robo del móvil de la ex asesora de Pablo Iglesias, según el juez se incardinan en un delito de descubrimiento y revelación de secretos del artículo 197.2 del Código Penal que sanciona a quien, sin estar autorizado se apodera, utiliza o modifica en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos. Además, el juez entiende que en este caso concreto concurre la agravante del art 22.4 del código Penal, porque “el hecho se habría cometido por razones de género”.

Después de analizar la doctrina jurisprudencial sobre este delito, el juez concluye que “podríamos apreciar un acceso no consentido a datos de carácter personal por parte del Sr. Iglesias, además de un apoderamiento de los archivos aprehendiendo el dispositivo en el que se almacenaba la información (la mini tarjeta SD) de carácter íntimo y personal de Dina Bousselham”.

El juez explica que el delito de descubrimiento y revelación de secretos requiere denuncia de la persona agraviada, en este caso Dina Bousselham. El magistrado considera que debe ser el órgano competente, la Sala Segunda del Tribunal Supremo quien decida si considera oportuno o no citar a la Sra. Bousselham, a los efectos de manifestar si exculpa al señor Iglesias por los hechos expuestos, tal y como ha venido interesando en varias ocasiones la Fiscalía Anticorrupción. García Castellón argumenta que hasta ahora no ha practicado esta diligencia, toda vez que la Sala de lo Penal confirmó la incompetencia de la Audiencia Nacional para investigar estos hechos.

"Elementos de cargo" contra Iglesias por los daños de la tarjeta

El magistrado indica que la interrupción de la investigación tras el auto de la Sala de lo Penal ha impedido recabar una prueba directa de la destrucción material de la tarjeta por parte del aforado, “esto no impide, sin embargo, que se pueda sostener en esta fase, y desde la provisionalidad del momento procesal inicial en el que nos encontramos, que existen elementos de cargo suficientes para poder atribuir al Sr. Iglesias por los daños sufridos por la micro tarjeta SD”.

De lo actuado hasta el momento se desprende, según el juez, que Iglesias recibió la micro tarjeta de memoria en buen estado, que se la llevó y que durante un tiempo la tuvo en su poder; que no consta que la compartiera con nadie más; la misma tarjeta, añade el juez- que recibe de Antonio Asensio- es la que entregó a Dina Bousselham, que trató de recuperar los datos y que sigue sin funcionar.

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