En un auto al que ha tenido acceso Efe, el juez titular de ese juzgado, en funciones de guardia, acuerda abrir diligencias previas ante la posible comisión de un delito de desobediencia frente a la resolución judicial del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que ordena a los Mossos, Policía Nacional y Guardia Civil impedir la votación en la consulta, suspendida por el Tribunal Constitucional.
En el escrito, el juez toma esta decisión de oficio en base al artículo 303 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que encomienda, recuerda el magistrado, "la formación de sumario a los jueces de instrucción por los delitos que se comentan dentro de su partido, pudiendo hacerlo de oficio".
"Es un hecho notorio -dice el magistrado- que en el partido judicial de Lleida están produciéndose actos encaminados a la celebración del denominado 'referéndum del 1 de octubre' en los centros que habían sido designados como 'colegio electoral' por la Gneneralitat".
Para el juez, como se están produciendo hechos que incumplen el mandato del TSJC "y los destinatarios de la resolución judicial no están cumpliendo con ese concreto mandato", procede abrir diligencias para "determinar la naturaleza y circunstancias del hecho, así como las personas que en el mismo hayan podido participar".
Así, en su parte dispositiva acuerda requerir al jefe de la Comisaría de Ponent de los Mossos para que le informe "en el plazo más breve posible, y en todo caso antes de las 15.00 horas, de los motivos que impiden a dicho cuerpo cumplir" la resolución del TSJC en el partido judicial de Lleida.