El Ministerio Público ha informado de que ha interpuesto recurso de apelación contra la medida adoptada por el juez De Egea el pasado 12 de abril cuando le dejó en libertad con medidas cautelares tras imputarle delito de desorden público y retirarle los dos delitos por los que se le acusó en un principio.
En el recurso presentado por la Fiscalía se interesa que se decrete prisión provisional incondicional para Tamara Carrasco o subsidiariamente se le imponga libertad o prisión con fianza y se insta además a mantener los delitos de terrorismo y rebelión que justifican el mantenimiento de la competencia de la Audiencia Nacional.
El magistrado de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción número 6 impuso el pasado jueves a Carrasco una batería de medidas medidas cautelares tales como la obligación de presentarse todos los lunes en el juzgado, prohibición de salida de municipio barcelonés en el que reside (Viladecans) salvo para acudir al trabajo si éste estuviera fuera de su localidad, la necesidad de autorización judicial para salir del término municipal, prohibición salida del territorio nacional y obligación de facilitar número de teléfono y una dirección para que pueda estar localizable.
A la joven, de 34 años de edad, se le relaciona según fuentes policiales, con un audio que circuló en Semana Santa por redes sociales llamando a la movilización y a las acciones de sabotaje. Los CDR han aumentado desde entonces sus acciones, sobre todo con la detención en Alemania del expresidente catalán huido de la Justicia, Carles Puigdemont, que se encuentra en la actualidad en libertad provisional.
El Ministerio Fiscal le acusa de desarrollar actividades de dirección y coordinación en actos de sabotaje, formando parte de un reducido equipo de dirección que determina las pautas de actuación y las consignas de movilización de los CDR. Añadió además que el objetivo de los mismos era normalizar la desobediencia y exteriorizar la confrontación con el Estado, trasladando a la calle con actuaciones violentas el proceso soberanista catalán que se investiga en sendos procedimientos en el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional.
Al investigarle únicamente por desorden público, la competencia de la causa no es de la Audiencia Nacional, por lo que esta podría terminar en un juzgado de instrucción de Cataluña. Además, Carrasco pasaría de afrontar delitos que acarrean penas de prisión de hasta 30 años en los casos más graves, ahora se enfrentaría a penas que van desde seis meses hasta seis años de cárcel para los casos más graves.