La juez rechaza el recurso interpuesto por la defensa de los dos exconsellers fugados contra el auto del pasado 3 de noviembre por el cual dictaba las órdenes de detención contra los cinco exmiembros del Govern que no acudieron a declarar como investigados por su implicación en el 'procés' independentista y les recuerda que no pueden declarar por videoconferencia.
La titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 mantiene también su decisión de no permitir a su letrado personarse en las actuaciones porque los investigados se sustrajeron de la acción de la justicia, según explica en su auto. Insiste en que se encuentra en ignorado paradero y dice que no han realizado designación expresa de abogados "por lo que ni tan siquiera consta que el letrado firmante de los escritos sobre los que se decide ostente efectivamente la defensa".
Respecto a las órdenes de búsqueda y captura emitidas, la magistrada precisa que "no se les persigue ni por sus ideas ni por defender la independencia de Cataluña" sino por tratar de cambiar al margen de las vías legales la forma de gobierno "para lograr en España la secesión de Cataluña y su constitución en República Independiente".
"Para obtener su propósito promovieron y utilizaron la fuerza intimidatoria y violenta de los sectores independentistas de la población. Llamaron a la insurrección y contravinieron frontalmente la legalidad y el ordenamiento constitucional español", indica la magistrada instructora en su auto de este lunes en el que repite que los querellados contaron con "el apoyo y la colaboración" de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium Cultural.
La defensa de los dos exconsellers alegó en su recurso contra el auto del pasado 3 de noviembre vulneración del derecho al juez imparcial por haber emitido la OEDE por más delitos de los que se investigaban en un primer momento. Lamela, que añadió prevaricación y desobediencia a los tres delitos iniciales de rebelión, sedición y malversación, les responde que la Fiscalía en su querella se refería a los cinco tipos delictivos que se recogieron en las órdenes de detención libradas a las autoridades belgas.
En su recurso, la defensa de los exresponsables de Agricultura y Salud del gobierno catalán invocaba, entre otros argumentos, que los actos que se les imputan son actos parlamentarios protegidos por la inviolabilidad e inmunidad parlamentaria y que se encuentran ante una persecución de carácter político. También cuestionaba la competencia de la Audiencia Nacional.
En relación con este último punto, la magistrada responde que ya se declaró la competencia de este juzgado en el auto de admisión de la querella del pasado 31 de octubre y que la Sala de lo Penal ya dictó auto confirmando la misma. "Que los recurrentes no estén conformes con tal motivación y con la decisión adoptada, no significa que la resolución que se recurre carezca de motivación", precisa Lamela.