A partir de hoy es efectiva la reforma del Reglamento de Extranjería con la que el Gobierno quiere facilitar la incorporación de los extranjeros al mercado laboral.
El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, explicó que el objetivo de la reforma es "modernizar el modelo migratorio para que se propicie la migración regular y segura en toda circunstancia".
Las nuevas autorizaciones serán plurianuales y habilitarán a trabajar 9 meses al año durante cuatro años y este modelo podrá ser utilizado por cualquier sector en el que exista déficit de trabajadores.
¿Cuáles son las nuevas claves?
Con esta modificación se flexibilizan los procesos para condecer autorizaciones de trabajo y afecta tanto a inmigrantes que se encuentren en nuestro país en situación irregular como a personas que puedan ser contratadas en su país de origen.
En concreto, se añaden estos cambios a la Ley de Extranjería actual:
- Para facilitar la incorporación al mercado de trabajo de estas personas se actualizan las figuras de arraigo laboral y social, así como la de reagrupación familiar.
- Se permite trabajar a los extranjeros con autorización de residencia por estudios.
- Se crea una nueva figura de arraigo por formación para permitir a migrantes que lleven dos años en España y quieran formarse en profesiones poco demandadas, que puedan hacerlo.
¿Qué es la figura de arraigo por formación?
Esta es una de las novedades de la modificación de la ley. La nueva figura de arraigo de formación, inspirada en el modelo alemán, que concede una autorización de residencia por un periodo de 12 meses a los extranjeros que han permaneceido en España de forma continuada durante mínimo 2 años si se comprometen a realizar una formación reglada de empleo.
Aunque la persona podrá formarse en el sector o profesión que desee, tendrá más facilidades si lo hace en sectores donde hay más demanda de trabajadores. También son válidas las formaciones ocupacionales que imparte el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Cambios en las figuras de arraigo laboral y social
Se actualizan las figuras de arraigo y de reagrupación familiar:
- En el caso del arraigo laboral, se limita la figura preexistente para personas que se encuentran en situación irregular pero han realizado una actividad laboral en situación regular durante los dos últimos años y se crea una nueva modalidad de autorización que fomenta la figura del confidente y la lucha contra la economía sumergida, mediante la acreditación de 6 meses de trabajo irregular.
- En cuanto alarraigo social, el contrato que se presente para solicitar la autorización no se valorará por su duración, sino por su adecuación al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Además, este podrá ser inferior de mínimo 20 horas en los casos que se acredite menores a cargo y la reforma también flexibiliza la posibilidad de presentar varios contratos.
Permanencia de los estudiantes extranjeros
Otro cambio introducido es que se favorece la permanencia de los estudiantes extranjeros. Así, se permite que los estudiantes puedan compaginar trabajo y formación, siempre que sea compatible con los estudios y no superen las 30 horas semanales.
También, se eliminan las trabas para la incorporación de estos estudiantes al mercado laboral una vez acabados los estudios, puesto que hasta ahora necesitaban haber vivido en España durante 3 años para obtener un permiso de trabajo.
El Gobierno descarta un "efecto llamada"
El Gobierno descarta que se pueda provocar un "efecto llamada" con la nueva figura del arraigo por formación, pues la persona extranjera debe llevar residiendo en España al menos dos años. Además, tiene que comprometerse y, después, acreditar un compromiso de formación.
El real decreto ha recibido el aval del Consejo de Estado que considera que va a contribuir a mejorar la situación jurídica de muchos inmigrantes y a luchar contra la lacra de la economía sumergida.
Además, el Ejecutivo espera que esta modificación ayude a cubrir las necesidades del mercado laboral, más aún teniendo en cuenta las "tasas de envejecimiento" de la población española.