Francisco Pérez de los Cobos se ha pronunciado por primera vez sobre la Ley de Amnistía en el marco de las jornadas que ha organizado en el Congreso el grupo parlamentario del Partido Popular. El expresidente del Tribunal Constitucional había rechazado hasta ahora numerosos requerimientos para que formulara una opinión al respecto. Los había desestimado por respeto institucional y a fin de "no interferir". Sin embargo, este jueves ha decidido hablar −según ha afirmado− "porque tengo la obligación como ciudadano de pronunciarme sobre una situación enormemente preocupante y porque me interpela en el ejercicio de la defensa de la Constitución que he desempeñado". Pérez de los Cobos sostiene que "este desafío constitucional no consiente el silencio cómplice".
Para el catedrático de Universidad Complutense, la "obscena asunción" por parte del PSOE del relato y del marco negociador impuesto por los separatistas es impropio de cualquier diálogo. A su entender, "comprar" la posición del independentismo en su integridad "si no fuera trágico, sería cómico".
La gravedad del momento −reflexiona Pérez de los Cobos− es que estaríamos ante la antesala de una amenaza al orden del 78, que sería aún mayor y ejecutada en fases. De ahí que afirme que estamos ante un señuelo. El cebo es la Ley de Amnistía que con ser gravísima es apenas una amenaza menor, "un pago leonino, sin duda, pero solo es la primera pieza". Y después de este preámbulo encarnado en la proposición de ley vendría −según el expresidente del TC− la asunción de la negociación del referéndum de autodeterminación, un sistema de financiación privilegiado para Cataluña, la cesión del cien por cien de los tributos, el mediador internacional y una representación directa de Cataluña en instituciones internacionales.
Inconstitucional de partida
Concluye Pérez de los Cobos que la Proposición de Ley es inconstitucional desde el primer momento por el hecho de carecer de una finalidad legítima. Un propósito que no es el que se declara en la exposición de motivos, sino que se debe al trato suscrito entre el Gobierno y Junts: “La auto amnistía a cambio de la investidura de Pedro Sánchez, a cambio de los votos de todos los diputados de Junts”.
Entrando en detalle, el catedrático apuntaba el artículo 66.2 de la Constitución donde se recogen las atribuciones específicas de un legislativo que estaría invadiendo las competencias del poder judicial y, por ende, propiciando la ruptura del principio de la separación de poderes. Otros aspectos referidos por el expresidente del TC es que se viola los principios de seguridad jurídica y de igualdad, además de algunos despropósitos en su redacción como que las consecuencias de un acto delictivo, cometido hasta el 13 de noviembre, pueda ser objeto de perdón aunque sus consecuencias se prolonguen sine die; o que se imponga la no efectividad de las medidas cautelares. Eso sería declarar la constitucionalidad de la norma con carácter previo, expresaba Pérez de los Cobos.
Con todo, especulaba el catedrático, "imaginemos por un momento que tuviera encaje constitucional". "Basta leer la falaz exposición de motivos −continuaba− de la norma para darse cuenta de que es una manifestación del excusatio non petita acusatio manifesta" para después falsear la doctrina de los tribunales españoles, de los europeos o de la Convención de Venecia; "un ejemplo de que el papel no lo aguanta todo".