La defensa del expresidente de la Generalitat catalana Carles Puigdemont cree que el Tribunal de Cuentas solo está "perdiendo el tiempo" cuando abre la puerta a elevar a la justicia europea una consulta sobre la ley de amnistía, y ha solicitado que aplique la norma "sin más dilaciones" y archive el procedimiento.
El abogado Gonzalo Boye ya ha presentado su escrito ante el órgano contable, que pidió la semana pasada a las partes que les remitiesen sus respectivos informes sobre la posibilidad de plantear una cuestión prejudicial sobre la ley de amnistía ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), al considerar que algunos de sus artículos pueden chocar contra el derecho comunitario.
Un movimiento que, según el escrito, el letrado cree que el Tribunal de Cuentas no tiene competencias para hacer, al no ser un "órgano jurisdiccional", al tiempo que cuestiona que, si llega a plantear la consulta, esta supere el filtro de admisibilidad o termine "convirtiéndose en un ridículo de proporciones considerables".
No lo considera jurisdiccional para consultar al TJUE
La defensa de Puigdemont apunta que los requisitos que impone el TFUE para ser considerado órgano jurisdiccional es que sea creado por ley, que tenga carácter permanente, que tenga jurisdicción obligatoria, que haya un procedimiento contradictorio, que aplique normas de derecho y que sea independiente.
Indica que su carácter jurisdiccional "está fundamentalmente cuestionado o condicionado" y recuerda que el propio Supremo en una sentencia de 2019 indicó que se había puesto de manifiesto "que las personas que ocupan puestos de trabajo provistos por el sistema de libre designación en la Unidad de Actuaciones Previas no gozan de la inamovilidad que es imprescindible para el ejercicio de la potestad jurisdiccional".
"El sistema de nombramiento de la delegada instructora, al igual que el de los consejeros del Tribunal de Cuentas, no ofrece las más mínimas garantías de independencia e imparcialidad", subraya el letrado.
Añade que el nombramiento de la delegada instructora es realizado por la Comisión de Gobierno del Tribunal de Cuentas, "compuesta exclusivamente por personas designadas por las Cortes Generales", algo que "vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva".
Indica que esa falta de carácter jurisdiccional del Tribunal de Cuentas ha sido afirmada por el propio órgano fiscalizador "en varias ocasiones a lo largo del presente procedimiento". "Esta disparidad o ambivalencia de criterios, de un mismo organismo 'jurisdiccional' y 'no jurisdiccional' según convenga, nos sitúa (como ya hemos denunciado repetidamente) ante una clara situación de indefensión", suma.
Tras esto, la defensa recupera declaraciones de la exministra de Justicia Pilar Llop y del propio presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en las que sostenían que ese órgano no era Poder Judicial. "No solo se admite que el Tribunal de Cuentas no forma parte del Poder Judicial, sino que además se detecta la irregularidad que supone que un órgano elegido por los partidos políticos en sede parlamentaria tenga funciones jurisdiccionales", añade.