Fuentes del ministerio que dirige Cristóbal Montoro han confirmado la próxima apertura del expediente, de acuerdo a la Ley de Régimen de Incompatibilidades de Altos Cargos al Servicio de la Generalitat de Cataluña.
Según esta norma, los altos cargos de las instituciones catalanas están obligados a presentar, junto a la declaración de actividades, la declaración patrimonial y de intereses en un plazo de tres meses a contar desde la toma de posesión.
Puigdemont, han asegurado las mismas fuentes, ha agotado ya el límite de los tres meses para entregar la documentación que debe incluir, como mínimo, todos sus bienes, derechos y obligaciones patrimoniales, los valores o activos financieros negociables, las participaciones societarias y el objeto social de las sociedades participadas y el de todas en las que tenga intereses.
También debería haber entregado la última declaración tributaria del impuesto sobre las personas físicas. Ninguno de estos documentos ha sido entregado por el expresidente catalán, que recogió en Bélgica, a donde huyó a finales de octubre,
la última notificación enviada por Hacienda requiriéndole su entrega en quince días, un período ya sobrepasado sin respuesta.
El Ministerio de Hacienda ha decidido, por tanto, abrirle un expediente sancionador por infracción de carácter muy grave y el pasado miércoles pidió a la Generalitat que en cinco días nombrase
un instructor para hacerse cargo del proceso.
Dado que el Gobierno tiene asumidas las competencias catalanas en aplicación del artículo 155 de la Constitución, será el Consejo de Ministros el encargado de nombrar al instructor del expediente sancionador contra Puigdemont, lo que hará previsiblemente en su reunión de la próxima semana.