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¿Qué dice el artículo 49 de la Constitución y su reforma que ha puesto de acuerdo a PP - PSOE?

ondacero.es

Madrid |

¿Qué dice el artículo 49 de la Constitución y su reforma que ha puesto de acuerdo a PP - PSOE?
¿Qué dice el artículo 49 de la Constitución y su reforma que ha puesto de acuerdo a PP - PSOE? | Agencia EFE

La reforma del artículo 49 de la Constitución para eliminar el término disminuido y sustituirlo por 'persona con discapacidad' se debate este martes en el Congreso. Tras años de petición de esta reforma el Congreso la aplicará para que haya una nueva redacción del texto que dirá que "las personas con discapacidad son titulares de los derechos y deberes previstos en este Título en condiciones de libertad e igualdad real y efectiva, sin que pueda producirse discriminación". Además, se busca señalar que "los poderes públicos realizarán las políticas necesarias para garantizar la plena autonomía personal e inclusión social de las personas con discapacidad".

Hasta ahora, el artículo 49 de la Constitución estaba redactado de la siguiente manera: "Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos".

"Estas políticas respetarán su libertad de elección y preferencias, y serán adoptadas con la participación de las organizaciones representativas de personas con discapacidad en los términos que establezcan las leyes. Se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y niñas con discapacidad", añade el nuevo artículo.

Este 2023 se han cumplido 20 años desde que se pidiera la reforma de este artículo. Hace unas semanas en una entrevista a Europa Press, el presidente del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), Luis Cayo Pérez Bueno, aseguraba que era necesario actualizar el término. "No nos sentimos disminuidas, somos igual de valiosos, igual de completos que el resto", reivindicaba. En 2003 durante el año europeo de las personas con discapacidad, el CERMI solicitó la actualización de este término porque "se siente como ofensivo, como hiriente".

Así queda el nuevo artículo 49

Las personas con discapacidad son titulares de los derechos y deberes previstos en este Título en condiciones de libertad e igualdad real y efectiva, sin que pueda producirse discriminación.

Los poderes públicos realizarán las políticas necesarias para garantizar la plena autonomía personal e inclusión social de las personas con discapacidad. Estas políticas respetarán su libertad de elección y preferencias, y serán adoptadas con la participación de las organizaciones representativas de personas con discapacidad en los términos que establezcan las leyes. Se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y niñas con discapacidad.

Se regulará la especial protección de las personas con discapacidad para el pleno ejercicio de sus derechos y deberes.

Las personas con discapacidad gozan de la protección prevista en los tratados internacionales ratificados por España que velan por sus derechos."

La reforma del artículo 49 de la Constitución Española entrará en vigor el mismo día de la publicación de su texto oficial en el «Boletín Oficial del Estado». Se publicará también en las demás lenguas de España.