Reglamento Europeo de libertad de medios

Qué dice la ley europea de medios en la que Sánchez basa su plan de regeneración y en qué se diferencian

A.M. | EFE

Madrid |

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, interviene en el Congreso de los Diputados.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, interviene en el Congreso de los Diputados. | EFE/ Zipi Aragon

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, propuso este miércoles al Congreso un plan de "regeneración democrática" para "mejorar" la transparencia informativa de los medios de comunicación y conocer sus propietarios y fuentes de financiación y, para lograrlo, tiene como referencia al Reglamento Europeo de libertad de medios.

Este reglamento se trata, en concreto, de una normativa que entró en vigor el pasado mayo, tras ser aprobado por el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE (que reúne a los Estados miembros), y que es obligatorio y aplicable en todos los países del club comunitario.

En consonancia con el reglamento, Sánchez defendió ante el Congreso la necesidad de fijar nuevos estándares de transparencia sobre la propiedad, la asignación de publicidad institucional y la medición de audiencias de los medios privados. Pero ¿de qué se trata y qué contiene esa norma europea?

La llamada ley sobre la libertad de los medios de comunicación busca incrementar la transparencia sobre la propiedad de las empresas mediáticas y la publicidad institucional, proteger mejor a los periodistas y sus fuentes de información, y reforzar la independencia de los medios públicos.

En qué se parece y en qué se diferencia el reglamento europeo de la propuesta de Sánchez

¿Qué incluye el reglamento?

El texto recoge salvaguardas en defensa de la independencia de los medios públicos para evitar que estos se utilicen con "fines políticos".

Así, los países de la Unión deben fijar por ley los criterios para el nombramiento y cese de sus altos cargos, así como la duración de sus mandatos, que debe ser "suficientemente larga", y una financiación suficiente para cumplir con su misión.

Por otro lado, cada Estado miembro está obligado a crear una base de datos nacional con información sobre quién es propietario de cada medio de comunicación: tanto la propiedad directa como la indirecta y, en cualquier caso, la de quien tenga un porcentaje de acciones como para llegar a influir en las decisiones editoriales.

"Es crucial que los destinatarios de servicios de medios de comunicación sepan con certeza a quién pertenecen los medios de comunicación y quién está detrás de ellos, de modo que puedan detectar y entender posibles conflictos de intereses", señala el texto.

Además, el reglamento estipula que el contenido que publiquen los medios de comunicación en redes sociales como X o Facebook no puede ser eliminado inmediatamente sin previo aviso.

Estas plataformas tendrán que alertar con 24 horas de antelación sobre su intención de retirar un contenido que infrinja sus normas si este viene de un medio que es editorialmente independiente, no depende de terceros países o partidos políticos y está adscrito a una entidad regulatoria nacional.

Financiación de los medios

Con la nueva ley, los medios de comunicación tienen que informar sobre los fondos recibidos de la publicidad estatal y sobre las ayudas financieras estatales, incluidas las procedentes de países no pertenecientes a la UE.

Además, los fondos públicos destinados a medios o plataformas en línea deben asignarse mediante "criterios públicos, proporcionados y no discriminatorios" y la información sobre el gasto en publicidad estatal debe ser pública, incluyendo el importe total anual y el importe por medio.

"Los ciudadanos deben conocer las fuentes de financiación de los medios, el nombre de sus accionistas y las cifras de audiencias de forma honesta para evitar fraudes en la inversión publicitaria", defendió por su parte Sánchez.

Protección al trabajo de los periodistas

La ley europea de medios prohíbe a las autoridades presionar a periodistas y redactores para que revelen sus fuentes de información, incluso mediante su detención, sanciones, registros de oficinas o instalación de programas de vigilancia intrusiva en sus dispositivos electrónicos.

Asimismo, el uso de programas espía sólo será posible en casos concretos y con previa autorización de una autoridad judicial que investigue delitos graves castigados con penas de prisión, pero incluso en estos casos, los sujetos tendrán derecho a ser informados después de que se haya producido la vigilancia y podrán impugnarla ante los tribunales.