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Por qué Junts ha votado 'no' a la ley de amnistía en el Congreso

Tras la negativa de Junts a apoyar la ley de amnistía en el Congreso hay varias cuestiones relevantes que ha destacado la formación independentista

 Junts cumple su amenaza con el 'no' a la ley de amnistía y reta a Pedro Sánchez 

ondacero.es

Madrid |

Por qué Junts ha votado no a la ley de amnistía en el Congreso
Por qué Junts ha votado no a la ley de amnistía en el Congreso | Agencia EFE

Entre los escenarios tras la investidura de Pedro Sánchez se dibujan duras sesiones con sus socios de Gobierno pero era difícil de imaginar que uno de los primeros encontronazos lo iba a tener en la votación de la proposición de ley de amnistía a la que Junts con sus siete diputados ha votado 'no'.

Entre las exigencias de Junts, pedían el blindaje total frente a las acusaciones de terrorismo y el perdón de los delitos de traición y contra la paz o la independencia del Estado y relativos a la defensa nacional. Esto tiene vital importancia ya que hubiera impedido que el juez del 'caso Coloh' que vincula al independentismo con Rusia, siguiera adelante.

Para los de Junts el alcance del texto inicialmente acordado con el PSOE era insuficiente porque no incluía el paquete de enmiendas parciales con las que pretendía que se perdonaran todos los delitos de terrorismo, sin excepciones, y los delitos de traición, contra la paz o la independencia del Estado y relativos a la defensa nacional.

La semana pasada, la formación presidida por Laura Borràs pactó con el PSOE que la norma abarcara todos los delitos de terrorismo, salvo los cometidos "de forma manifiesta y con intención directa" que hayan causado "violaciones graves de Derechos Humanos". Sin embargo, desde Junts no se fiaban de que surgieran otros procedimientos que pudieran quedar fuera de la amnistía.

El juez García Castellón y la investigación a Tsunami Democratic

En este punto, aparece la figura del juez instructor, Manuel García Castellón que investiga la muerte de un turista francés por un infarto en el marco de los disturbios desatados en El Prat el 14 de octubre de 2019, y cree que es directamente imputable a los responsables de los altercados provocados en el aeropuerto catalán, es decir Tsunami Democratic.

El escrito del magistrado al Supremo señala que Carles Puigdemont se situaría en el vértice más alto de la organización de Tsunami Democràtic y añade que su posición como expresidente y líder desde Bruselas del independentismo le confiere “una posición de autoridad incuestionable”.

Según explica el juez, existen indicios que permiten inferir su participación en el nacimiento y planificación de las acciones de Tsunami. Entre esos indicios, explica, se encuentran los mensajes a través del móvil entre los investigados Josep Lluís Alay y Jesús Rodríguez, las anotaciones de la agenda del primero o el impulso de Puigdemont a través de Twitter del lanzamiento de la plataforma de Tsunami.

También ha indicado que las graves lesiones que sufrieron dos policías por los desórdenes posteriores a la sentencia del 'procés' son "incompatibles con el derecho a la vida e integridad física reconocidos en el artículo 15 de la Constitución, y el artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos", atribuyendo además una intención homicida a los responsables de dichas lesiones.

El caso Voloh

En el marco de las enmiendas parciales, Junts también proponía incluir los delitos de traición y contra la paz o la independencia del Estado y relativos a la defensa nacional, que este martes se han quedado fuera toda vez que el Congreso no ha rescatado las enmiendas 'vivas' de la formación independentista.

El magistrado Joaquín Aguirre ha acordado prorrogar la investigación del 'caso Volhov' ante las supuestas relaciones de Carles Puigdemont y miembros de su entorno con Rusia durante el 'procés'.

El Código Penal español recoge en una serie de artículos los delitos de traición y habla concretamente de la relación con una potencia extranjera. Concretamente, el artículo 581 afirma que "el español que indujere a una potencia extranjera a declarar la guerra en España o se concertare con ella para el mismo fin, será castigado con la pena de prisión de 15 a 20 años".

Tampoco han cedido en la línea temporal

Los de Junts tampoco han logrado que la norma contemple la horquilla temporal que buscaban, del 1 de noviembre de 2011 al 13 de noviembre de 2023. Finalmente, el texto abarca los hechos comprendidos entre el 1 de enero de 2012 y el 13 de noviembre de 2023.

La formación catalana, en concreto, lo justificó como una "mejora técnica" para "incluir todas las actuaciones tipificadas como delito o determinantes de responsabilidad administrativa o contractual, vinculadas de una u otra forma, a la consulta del 9 de noviembre de 2014 y al referéndum del 1 de octubre de 2017.